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A un mes de la Ley de Protección del Empleo: críticas y sensación de desprotección por parte de trabajadores


Conferencia Empleo (4) (1)REPORTAJE: Fue el 1 de abril cuando el gobierno promulgó la Ley de Protección de Empleo, una iniciativa que en el papel buscaba proteger la fuente laboral de las personas permitiéndoles acceder al seguro de cesantía cuando se suspenda el contrato de trabajo por acto de autoridad, se acuerde un pacto de suspensión del contrato o se acuerde un pacto de reducción temporal de la jornada laboral. Ya ha pasado más de un mes de eso y el Ministerio del Trabajo entregó cifras al respecto señalando que son casi 57 mil las empresas que han optado por la suspensión de los contratos, algo que ha afectado a 786.790 trabajadores.

Por Ismael Quiroga Gallardo

En general no han sido pocas las críticas a la implementación de esta ley, y uno de los focos de cuestionamientos es con respecto a las empresas que se han acogido a esta ley, esto porque, son muchas las compañías del mundo del retail las que han tomado esta medida. Según cifras del Ministerio del Trabajo, este sector del comercio destaca entre las 20 grandes empresas con mayores solicitudes de suspensión, encabezando el listado está Ripley con más de 3 mil trabajadores suspendidos. Aparece también Johnson con más de 2 mil, París con 1758, La Polar con 1639, H y M con 1521, Corona con 1426, entre otras.

Las grandes empresas que se han acogido a la normativa corresponden sólo el 1% del total, pero en ellas trabajan el 30% de los trabajadores afectados, por lo que el impacto es importante.

20170104-censoLa alta cantidad de empresas del retail que han recurrido a la ley, es algo que, según Leandro Cortez, secretario de la Confederación de Trabajadores del Comercio (Consfecove), no se justifica debido a las altas utilidades que han tenido a lo largo de los años. Cortez comenta que esta ley de protección del empleo “hace todo lo contrario, no protege al empleo o a los trabajadores, siempre dijimos que el espíritu de esta ley estaba orientado para proteger a las pequeñas empresas, a las que no tenían espalda económica para poder resistir y seguir pagando los sueldos. Acá hay un aprovechamiento de las grandes empresas, como Paris con Cencosud, Ripley, Hites, La Polar y tantas otras, que teniendo la espalda financiera y esto avalado por sus balances económicos donde han tenido utilidades por años, tenían demás la posibilidad de seguir pagando los sueldos y prefirieron abaratar los costos, aprovecharse de esta ley y que sea la AFC la que pague las remuneraciones”.

 

Una de las primeras empresas que tomó medidas de reducción de salarios, incluso antes de la promulgación de la ley fue Latam, un hecho que no fue beneficioso para los trabajadores, como comenta el presidente del sindicato de la línea aérea, Fidel Cerda, quien dice que “no fue muy bueno ser los primeros, ya que con el posterior anuncio de la ley de protección al empleo quedaron fuera algunos puntos como la rebaja de jornada, de las remuneraciones y de hasta poder cobrar el seguro de cesantía, incluso también de la ley de tele trabajo”.

El dirigente sindical agrega que ha sido difícil reorganizar sus vidas percibiendo sólo la mitad del sueldo y piden al gobierno ser claro “y no olvidar a los trabajadores, siempre ven por las empresas y nos siguen apretando el cuello”.

Un sector que se ha visto afectado también es el del fútbol profesional chileno. Según el tesorero del Sindicato de Futbolistas Profesionales (Sifup), Fernando Burgos, “la gran mayoría de los clubes han optado por acuerdos con sus trabajadores. Tenemos pocos casos donde el empleador no tuvo la capacidad de hacerlo, pero el balance no es tan negativo. Seguimos sosteniendo que esta ley no fue hecha para el fútbol, porque los clubes siguen recibiendo buena parte de sus recursos (…) la comunicación y la buena fe han imperado en todas las divisiones, incluso en la Segunda que es una liga que no recibe recurso alguno. A ellos hemos ayudado y esperamos seguir haciéndolo”. Agrega eso sí que casos como el del club Colo-Colo, que se acogió a esta ley no se justifica, “porque siguen recibiendo muchos recursos. Ir a la ley es dilapidar fondos de trabajadores que fueron concebidos para otra lógica. Hoy, el empleador debe ser capaz de organizarse y llegar a un buen acuerdo”.

trab-casa-particular-600x355Una situación más complicada es la que viven las trabajadoras de casa particular, en donde muchas han quedado sin trabajo o han cambiado sus condiciones laborales sin tener mucho margen de acción. Así lo comenta María Cotal, quien es presidenta de la Federación Nacional de Sindicatos de Trabajadoras de Casa Particular, quien cuenta que “las trabajadoras puertas afuera, en su gran mayoría fueron separadas de sus funciones y otras fueron obligadas prácticamente a cambiar la modalidad de puertas afuera a puertas adentro, y no han salido desde mediados de marzo, están en calidad de secuestradas como llamamos nosotras”.
La realidad de estas trabajadoras es más difícil pensando en la gran cantidad que trabaja de manera informal y por el hecho que además no califican para optar al fondo de cesantía, lo que las deja en una posición bastante desfavorable.

Lo ocurrido con la crisis sanitaria del virus covid-19, sólo ha resaltado lo precario de sus condiciones laborales. La dirigenta María Cotal señala que, como agrupación, tienen un petitorio que tiene más de 70 años, y que cada cierto tiempo y con el paso de los gobiernos han podido avanzar en algunos puntos. Lo que ahora las apremia es que el Estado “cumpla con la ley 20.786 que regula las jornadas de trabajo, norma que exige un contrato escriturado, cosa que no ha sucedido por la falta de fiscalización y de voluntad de los gobiernos, y que tiene a 180 mil mujeres trabajando en la informalidad y totalmente desamparadas. Y lo otro, la implementación del convenio 189, donde entraría el Estado a cumplir en la igualdad de compensación, para que las trabajadoras de casa estemos en igualdad de condiciones al resto de los trabajadores”.

Las cadenas de comida son algunas de las empresas que han modificado su modo de operar con repartos a domicilio, lo que también ha tenido efectos en su fuerza laboral, principalmente joven. Uno de estos lugares es Starbucks, que según cuentan los asesores legales del sindicato de trabajadores de la transnacional, se acogió de manera ilegal a la ley, porque lo hizo antes que esta fuera publicada y además no cumple los requisitos para aplicarla como acto de autoridad de forma unilateral, sin pasar por la voluntad de los trabajadores, siendo que además sigue funcionando con reparto a domicilio y además con venta para llevar.

Andrés Giordano es presidente del sindicato de trabajadores de la empresa y cuenta que el 2 de abril Starbucks les notificó que suspendería unilateralmente los contratos de todos los cargos, salvo de los gerentes. El dirigente comenta que simplemente la compañía no debió acogerse a la ley, porque esta establece que “para suspender unilateralmente debe haber una instrucción de la autoridad que impida totalmente la prestación de servicios, lo que no es el caso de Starbucks, que ha podido seguir operando mediante delivery y venta de productos para llevar. Entonces, si la empresa quería suspender, tal y como dice la ley, la única opción que le quedaba era llegar a un acuerdo, si es que eso es posible, con el sindicato, pero hasta el día de hoy se ha negado siquiera a dialogar, limitándose a seguir imponiendo lo que quieren a más de 1500 trabajadores cuyas familias ven hoy sus ingresos gravemente comprometidos”.

Junto con la desprotección económica con la que quedan los trabajadores, se suma el hecho que suspendieron de sus funciones a 8 trabajadoras embarazadas, 5 madres con fuero maternal y a 3 mujeres que estaban haciendo uso de derechos maternales.

Pero luego de revisar distintos casos, ¿efectivamente esta ley favorece a las empresas y no a los trabajadores? Para la abogada laboralista Wendoling Silva, la idea es que pueda beneficiar a las pequeñas y medianas empresas que efectivamente sí se ven afectadas con los efectos económicos de la crisis sanitaria. Pero señala que “parece imposible de entender que una empresa grande no pueda pagar las remuneraciones de su planilla por dos o tres meses y se acoja a esta ley”.

La abogada comenta que lo que busca esta normativa es mantener el empleo, pero lo que no protege son las remuneraciones. Agrega además que en concreto esta ley de protección del empleo no beneficia a los trabajadores, “beneficia a los empleadores. Primero porque se paga con carga al subsidio de cesantía, agotando todos los recursos que tengan en sus cuentas individuales, y después que los agotan pasan al sistema solidario, que además tiene topes máximos y mínimos”. A esto se le suma que “no incluye a todos los trabajadores, porque deben tener cierta cantidad de cotizaciones específicas, y no cubre a los trabajadores que tienen algún subsidio por incapacidad, a los trabajadores de casa particular, los jubilados y los que siguen trabajando, entre otros”.

De todas formas, y a un mes de ser promulgada, la ley sigue en el debate y con cambios, ya que en el Congreso se aprobó la ley corta que modifica aspectos como el pago de las cotizaciones que ya no será del 50%, también que se retendrán montos por pensión alimenticia y que no se le podrá suspender sus contratos a trabajadoras con fuero maternal, entre otros puntos.