NOTICIA: El Tribunal Constitucional acogió en parte los requerimientos presentados por senadores y diputados de oposición en contra de cuatro normas del proyecto de reforma laboral. Se declaró inconstitucional la titularidad sindical y se rechazó de forma parcial la impugnación contra la norma de extensión de beneficios.
[Santiago, 27 de abril 2016] Hoy se reunieron los diez ministros del Tribunal Constitucional en una sesión extraordinaria del Pleno. El encuentro tuvo por objetivo llegar a un acuerdo sobre la impugnación de los cuatros puntos de la Reforma Laboral interpuesta por los parlamentarios de la oposición: Titularidad sindical, extensión de beneficios, sindicato interempresa y derecho a la información.
Esto, luego de la audiencia pública que se desarrolló este lunes, donde el organismo recibió a 47 organizaciones, representantes políticos, centros de estudios y también escuchó los alegatos del Gobierno y de los mismos requirentes.
El abogado laboralista César Toledo, manifestó que asumen un “error” pero es un “error imperdonable” porque todos sus argumentos representan al mundo empresarial.
La Asociación de Abogados Laboralistas advirtió que si se llegase a aprobar este requerimiento Chile sería “el primer país del mundo que les permitiría a trabajadores que deciden no sindicalizarse, aprovechar todas las conquistas sindicales”, respecto de la extensión de beneficios.
Por su parte, la Ministra del Trabajo y Previsión Social, Ximena Rincón, aseveró que “esta es una derrota para los trabajadores que optan por la organización sindical”, al tiempo que afirmó que el Gobierno cumplió.
En conferencia conjunta en La Moneda con los ministros Vocero de Gobierno, Marcelo Díaz y de Hacienda, Rodrigo Valdés, la titular del Trabajo dijo ser respetuosa de la institucionalidad, por tanto “acogemos el fallo pero lo lamentamos”.
Indicó que titularidad sindical y extensión de beneficios son aspectos fundamentales. “La verdad que no conocemos ninguna Constitución que ampare esta dualidad y es por eso que no compartimos el fallo en esa parte y es por eso que creemos que esta Constitución no es la casa que alberga a todos y a todas”, señaló Rincón.
Los fallos del Tribunal Constitucional no son apelables por lo que el Ejecutivo deberá promulgar la reforma laboral sin la norma relativa a la titularidad sindical.
Si bien el acuerdo tiene carácter reservado hasta que se firme la sentencia, fijada con plazo máximo hasta el próximo 9 de mayo, el organismo habría decidido dar a conocer el resultado para evitar filtraciones posteriores o especulaciones sobre el fallo.