¿Qué es el Piso de Negociación?
Los beneficios logrados en negociaciones anteriores se mantienen, debiendo contener idénticas estipulaciones a las establecidas en el contrato colectivo vigente, excepto:
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La reajustabilidad pactada (por ejemplo, el reajuste de IPC).
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Incrementos reales pactados (por ejemplo, aumentos de sueldo);
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Pactos sobre condiciones especiales de trabajo;
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Beneficios que se otorgan sólo por motivo de la firma del instrumento colectivo (por ejemplo, el Bono por Término de Negociación);
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Acuerdo de Extensión de Beneficios.