.
.

Al servicio del mundo laboral y sindical

.


Negociación colectiva en Isadora y TODOMODA: última oferta del empleador quita beneficios al contrato actual


Tras rechazar el proyecto de contrato colectivo presentado por sus trabajadores y trabajadoras, la trasnacional Bijou SPA (Isadora y TODOMODA), por ley debió ir a mediación obligatoria con la inspección del trabajo “si de ahí no llegamos a acuerdo, entonces se hace efectiva la huelga, estamos esperando la respuesta de mañana de la empresa”, señala Paola Pérez, presidenta del sindicato Bijou Chile SPA.

[4 de mayo 2022] Bijou Chile SPA, perteneciente al holding argentino Blue Star Group BSG, maneja las marcas TODOMODA e Isadora. Tienen operaciones en Brasil, México, Perú, Chile, Argentina, Estados Unidos y próximamente en España, Uruguay y Paraguay, aun así, desde el sindicato denuncian que la empresa “desde el día uno nos ha dicho que no tiene dinero y que no quiere dejar en el contrato colectivo ningún beneficio”.

Hoy el sindicato Bijou Chile SPA se encuentra a la espera de la respuesta del empleador. De no llegar a acuerdo, iniciarían huelga el sábado 7 de mayo. Si la empresa acepta la última propuesta del sindicato, podrían firmar el contrato colectivo el viernes 6 de mayo.

Entre los principales puntos que los trabajadores y trabajadoras demandan, están el reajuste semestral de sueldo base y beneficios según el IPC; aumento del sueldo base; colación de 3mil pesos diarios y bono por término de negociación.

Esta se trata de la segunda negociación colectiva reglada de la que participa el sindicato Bijou Chile SPA. La primera fue hace tres años, cuando iniciaron el proceso exigiendo mejores condiciones laborales y aumento de salarios. Según explican en su informativo sindical, en dicha ocasión se logró un contrato colectivo con pocos beneficios, “producto de la inexperiencia tanto de la directiva como de los socios y socias del momento, por no tener la fuerza para poder defender nuestras demandas”.

Lo anterior significó un contrato colectivo a tres años sin reajuste de remuneraciones y con “algunos beneficios simbólicos”, como se detalla en el informativo. Es por esto que, cumpliendo con la ley, el 17 de marzo el sindicato presentó un proyecto de contrato colectivo que plasmaba las necesidades aportadas por diferentes trabajadores y trabajadoras de Bijou Chile.

Sin embargo, la contrapropuesta del empleador no solo pasaba por alto el proyecto de contrato colectivo del sindicato, sino que retrocedía en las condiciones laborales actualmente pactadas, “generando más precariedad”. Por esto, la oferta del empleador generó rechazo en la amplia mayoría de los socios y socias del sindicato, quienes votaron hacer efectiva la huelga en caso de no llegar a acuerdo en la actual mediación reglada, que se definirá mañana.

“Si bien esta mediación es obligatoria, la empresa no está obligada a mejorar la negociación colectiva de acuerdo a nuestras necesidades. Frente a todas las aspiraciones que plasmamos en nuestro proyecto de contrato colectivo, hoy nos vemos en la necesidad de acotar nuestros requerimientos o nuestras peticiones para intentar llegar a un buen final del proceso de negociación”, se explica en el informativo sindical.

Algunos de los puntos considerados como fundamentales por el sindicato para aceptar la propuesta que Bijou Chile presentará mañana, son:

  • Contrato colectivo a 2 años
  • IPC cada 6 meses de acuerdo al INE (en sueldo base y beneficios)
  • Aumento del sueldo base según sueldo actual, lo que en algunos casos implicaría un aumento de 80mil pesos y en otros de 50mil pesos.
  • Colación de 3mil pesos diarios.
  • Bono de término de negociación de 150mil pesos brutos.
  • Aportes por fiestas patrias y navidad.
  • Beneficios de la negociación colectiva aplicables a cada trabajador/a que ingrese al sindicato.
  • Cuota mortuoria.
  • Beneficio por matrimonio y beneficio por natalidad.

Si la empresa no acepta estas solicitudes, el sindicato podría no llegar a acuerdo, lo que significaría que las trabajadoras y trabajadores harían efectiva la huelga. Recordar que en la normativa del código del trabajo se establece que la huelga es una suspensión temporal de las relaciones contractuales entre los trabajadores/as y la empresa, es decir, el empleador no está obligado a pagar sueldos y los trabajadores/as no están obligados a laborar.

Aquí lo declarado en su informativo sindical:

“Consideramos como directorio que con estos puntos podríamos firmar un nuevo contrato colectivo. Sí hay que decir que la empresa desde el día uno nos ha dicho que no tiene dinero y que no quiere dejar en el contrato colectivo ningún beneficio. De nosotras y nosotros depende lograr estos beneficios y de acuerdo a la ley”. A lo que agregan:

“Todas y todos las socias y socios del sindicato debemos manifestar nuestro absoluto rechazo a la incomprensión y desinterés de la empresa en mejorar la calidad de vida de sus trabajadoras y trabajadores”.