La Política Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo (PNSST) se enmarca dentro de los lineamientos establecidos en el Convenio 187 de la OIT, sobre el Marco Promocional para la Seguridad y Salud en el Trabajo, ratificado por Chile el 2 de abril de 2011.
La formulación de la Política, su implementación y todas las actividades que de ella deriven, han tenido y tendrán como ejes centrales, los siguientes principios:
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El respeto a la vida e integridad física y psíquica de los/as trabajadores/as constituye una garantía de derecho fundamental.
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Un enfoque de prevención de los riesgos laborales, esto es, priorizar las medidas preventivas por sobre las medidas de protección.
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Equidad e igualdad de género.
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Universalidad e inclusión ello implica que la política y las acciones derivadas de ésta, considerará a todos/as los/as trabajadores/as, ya sea, dependientes o independientes, del sector público o privado, sin discriminación.
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Solidaridad en el aseguramiento de los riesgos laborales.
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Participación y diálogo social en el proceso de diseño, implementación, evaluación e implementación de las mejoras de la política y acciones que se realicen.
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Integralidad en la implementación de las actividades preventivas y en las prestaciones médicas, económicas, de rehabilitación y reeducación, incluyendo la reinserción laboral e integración de las personas en situación de discapacidad.
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Unidad de acción y coordinación entre las distintas instancias públicas o privadas relacionadas con la seguridad y salud en el trabajo.
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Mejora continua en la implementación de la Política y las acciones derivadas de ésta, implementando para ello un proceso de revisión continuo.
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El empleador será responsable de la gestión integral de los riesgos en los lugares de trabajo.
Fuente: Subsecretaría de Previsión Social