Cumplir con la normativa de seguridad e higiene es una obligación de los trabajadores/as y empleadores/as.
Empleador/a, usted debe cumplir con los siguientes deberes:
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Proteger la vida y la salud de sus trabajadores/es
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Informar oportunamente los riesgos que implican sus labores, las medidas preventivas y los métodos de trabajo que deben usar sus trabajadores/as para evitarlos.
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Entregar los elementos de protección personal y el adiestramiento necesario para su correcto empleo. Es su obligación mantenerlos en perfecto estado de funcionamiento.
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En caso de accidente o emergencia debe prestar o garantizar todos los elementos necesarios para que sus trabajadores/as accedan a una oportuna y adecuada atención médica, hospitalaria y farmacéutica.
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Si en su empresa trabajan 10 o más personas, deberá obligatoriamente confeccionar el reglamento interno de orden, higiene y seguridad. Si en cambio laboran entre uno y nueve trabajadores deberá confeccionar el reglamento de higiene y seguridad.
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Denunciar al organismo administrador respectivo (mutuales o al ISL), en un plazo no mayor a 24 horas, todo accidente o enfermedad profesional que pueda ocasionar incapacidad o la muerte de sus trabajadores/as.
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Informar inmediatamente a la Inspección del Trabajo y a la Seremi de Salud correspondiente, cualquier accidente del trabajo grave y/o fatal que le ocurra a sus trabajadores/as. Usted, en su calidad de empleador/a está obligado a suspender inmediatamente las faenas afectadas y, de ser necesario, permitir la evacuación de los trabajadores/as.