El 26 de noviembre del 2024 el Sindicato de trabajadoras y trabajadores de la empresa Total Chile S.A presentó un nuevo contrato colectivo, a lo cual la empresa respondió dentro de los plazos establecidos y el 6 de diciembre dieron su respuesta: “si bien fue negativa, la empresa se abría a la posibilidad de negociar; cada una de las cláusulas que nosotros propusimos las rechazaron pero con disposición a reevaluar cada uno de los puntos”, comenta la presidenta del sindicato, Claudia Ojeda. Asimismo, señala que lo más destacado de esta negociación fue la flexibilidad y la apertura al diálogo por parte de la empresa ya que en las oportunidades anteriores las respuestas a las peticiones habían sido un rotundo no y sus negociaciones habían tenido que contar con la presencia de mediaciones con la Inspección del Trabajo.
Entre los puntos que sumaron a su nuevo contrato colectivo se encuentran: la asignación de una gift card de $45.000, de forma trimestral, que cubre el lavado de la indumentaria de los trabajadores del área productiva que manipulan derivados del petróleo. Por otro lado, el sindicato contaba anteriormente con un bono de reemplazo en el caso de que haya una incapacidad laboral o la/el trabajador se encuentre en período de vacaciones, la persona que reemplaza al trabajador o trabajadora ausente percibe un bono de un 15% del sueldo si es que este se ausenta por un período mayor a 10 días y en este nuevo contrato, agregaron un porcentaje del 10% para los trabajadores que reemplacen a personas que se ausenten de 4 a 9 días, como también reajuste por IPC, bonos de producción y aumento en la asignación de escolaridad.
Claudia Ojeda, indica que en la presentación de este nuevo contrato colectivo, habían incluido una bolsa de tres días de permiso administrativo para temas que tengan que ver con actividades de conciliación familiar, responsabilidad coparental, y lo correspondiente a la nueva Ley 21.645 de Conciliación de vida personal, laboral y familiar: “la empresa nos solicitó que esto fuera un beneficio compañía, a lo que nosotros previa consulta a la asamblea, accedimos. Por lo tanto esa es una cláusula que en sí no está en el contrato colectivo pero que sí va a estar en el manual de procedimiento de recursos humanos. Entonces cada persona trabajadora de la compañía va a poder acceder a ese beneficio de tener tres días los cuales pueden ser parcializados”, afirma.