NOTICIA: La demanda había sido interpuesta por la empresa, que buscaba extender de forma unilateral los beneficios históricos que había ganado el sindicato a lo largo de sus años, al resto de los trabajadores.
[Santiago, 21 de febrero de 2018] Una vez más en tribunales se dio la razón a los sindicatos en materia de relaciones laborales. Esto, porque el Juzgado de Letras de Colina resolvió que la empresa Magotteaux (ex Proacer) no podrá extender beneficios históricos obtenidos por los sindicalizados de la compañía, a los funcionarios que no sean socios del sindicato.
El fallo vino a ratificar lo expresado por la reforma laboral y los dictámenes de la Dirección del Trabajo (DT) respecto a la extensión de beneficios. En el artículo 322 del actual Código del Trabajo se señala que: “Las partes de un instrumento colectivo podrán acordar la aplicación general o parcial de sus estipulaciones a todos o parte de los trabajadores de la empresa o establecimiento de empresa sin afiliación sindical. (…), para acceder a los beneficios dichos trabajadores deberán aceptar la extensión y obligarse a pagar todo o parte de la cuota ordinaria de la organización sindical, según lo establezca el acuerdo.”
También, la sentencia alude al artículo 289 letra h), que considera como una práctica antisindical “el otorgar o convenir con trabajadores no afiliados a la organización u organizaciones que los hubieren negociado, los mismos beneficios pactados en un instrumento colectivo.”
De esta forma, el fallo destaca el carácter de acuerdo bilateral que tiene la decisión de extender los beneficios obtenidos en la negociación colectiva para los trabajadores no sindicalizados.
Desde el mundo sindical recibieron de buena manera la sentencia. Jorge Murúa, presidente del Sindicato Nacional de Metalúrgicos (SIME), señaló que “estamos contentos con este fallo, y esperamos que si van a la Corte de Apelaciones por nulidad también lo ganemos ahí, y así sentar un buen precedente para todos los sindicatos que hoy día negocian”.
Respecto a la funcionalidad del acuerdo por extensión de beneficios, para acercar a los trabajadores a sindicalizarse, Murúa indicó que “con esto (no extensión de beneficios) se empieza a terminar una mala práctica que instaló el Código del Trabajo anterior en esta materia, dado que aquellos que nunca habían luchado por obtener beneficios, estaban obteniendo lo mismo que aquellos que sacrificaban incluso la estabilidad laboral”, agregando que “ahora se hace un poco de justicia para los trabajadores”.
Aún así, el dirigente de SIME precisa que “esto fue posible gracias a que los trabajadores de Proacer tenían al 100% de la plana productiva en el sindicato, pero en otros casos no se da porque los sindicatos no tienen fuerza, no tienen poder para sentar al patrón a dialogar”.
Finalmente, agregó que “para nivelar la cancha necesitamos reformas, o cambiar directamente el Código del Trabajo, para que no se persiga al trabajador por tratar de organizar sindicatos. Hoy día vemos que la posición de los patrones es amedrentar a los trabajadores para que vean al sindicato como algo negativo. Esa es la cultura que tenemos que cambiar”.