.
.

Al servicio del mundo laboral y sindical

.


Dirección del Trabajo recurre a Corte Suprema por grupos negociadores


DIR-TRANOTICIA: La Dirección del Trabajo (DT) recurrió a la Corte Suprema para revertir el fallo de la Octava Sala del Tribunal de Apelaciones de Santiago, que consideró que el organismo se excedió en sus facultades al reconocer la existencia de grupos negociadores en procesos de negociación colectiva entre trabajadores y empresas.

[Santiago, 19 de octubre de 2018] La acción ocurre luego de que la corte de Apelaciones  acogiera el recurso de protección presentado por  organizaciones sindicales , entre ellas los sindicatos de trabajadores de Wallmart Chile, Unimarc y Unilever.

En el recurso ingresado el jueves se indicó que “es un hecho indiscutible que el organismo posee facultades legales para, mediante dictámenes, fijar e interpretar el sentido y alcance de la legislación laboral vigente”.

En ese sentido, el ministro del Trabajo, Nicolás Monckeberg, defendió la reclamación bajo el argumento de que el derecho a negociar radica en el trabajador y es su potestad decidir de qué forma ejercerlo.

Una opinión que compartió el ex director del Trabajo, Marcelo Albornoz, quien señaló que la DT posee la facultad de realizar dictámenes interpretativos de la ley desde hace más de 50 años.

Por el contrario, el abogado del sindicato de trabajadores de Minera Los Pelambres -uno de los grupos que llevó la reclamación ante la Corte de Apelaciones-, Cristian Arancibia, acusó al ministro de presionar a los tribunales para favorecer a grandes grupos económicos.

Asimismo, el secretario general de la CUT, Nolberto Díaz, fue más allá y solicitó la renuncia del director del Trabajo, Mauricio Peñaloza, por actuar por sobre la ley.

El escrito presentado ante la Corte Suprema, firmado por el otrora miembro del Tribunal Constitucional, Jorge Correa Sutil, en representación de la Dirección del Trabajo, argumenta que el cuestionado dictamen “no llena vacío alguno de la ley, sino que, aplicándola o, en subsidio interpretándola, permite su adecuado cumplimiento”.

Fuente: www.biobiochile.c