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Organizaciones campesinas firman acuerdo sobre reforma laboral


NOTICIA: Convocados por la subsecretaria del trabajo, las principales organizaciones  sindicales del rubro campesino, constituyeron una mesa de trabajo que finalizó con la firma de un acuerdo entre las partes. Sindical.cl tuvo acceso al documento firmado, donde se detallan las propuestas acordadas.

[Santiago, 06 de octubre 2014] El acuerdo fue suscrito por 11 organizaciones sindicales y se dio en el marco de una mesa de trabajo convocada por la Subsecretaria del ramo, para analizar las propuestas laborales del gobierno, particularmente la de un nuevo estatuto del temporero agricultora. El objetivo era buscar una visión compartida de los trabajadores, a la luz de las exigencias de la nueva reforma laboral y los convenios de la OIT. Esto quedó plasmado en el documento firmado por las partes.

El primer acuerdo logrado fue el de separar aspectos de derechos colectivos de los trabajadores de temporada agrícola, del resto de las materias contenidas en el “estatuto del temporero silvoagropecuario”, y que estos derechos colectivos fueran parte de las reformas laborales comprometidas por el actual gobierno para el último trimestre de este año.

Acuerdos referidos a los trabajadores agrícolas de temporada:

1)      Resaltar la importancia: valorar el aporte que este sector realiza al país en todas las materias: laboral, económica, etc.

2)      Asumir el planteamiento de los organismos internacionales sobre la importancia de la organización y promoción en el mundo rural mediante el fomento de las organizaciones de trabajo. (Lo que está expresado en el artículo 6 del convenio 141 de la OIT).

3)       Que se respete y se vele por el cumplimiento de los convenios 87 y 98 de la OIT. Estos garantizan el derecho a la libre sindicalización y el derecho a la negociación colectiva para los trabajadores. Prestar especial atención a lo estipulado en el convenio 11 de la OIT.

Teniendo en cuenta estas consideraciones, la propuesta emanada de la mesa de trabajo plateó legislar en 3 aspectos básicos para el ejercicio de derechos de los trabajadores y las trabajadoras agrícolas de temporada: a) El contrato de Trabajo, B) La sindicalización y C) La negociación colectiva.

El contrato de trabajo: Proponemos que se establezcan contratos de temporada con interrupciones de acuerdo al desarrollo de las faenas, pero que abarquen el periodo total de tiempo en que se necesitarán los servicios del trabajador. Un contrato de trabajo de temporada continuo-descontinuo que contemple la suspensión del vínculo laboral dentro de una misma temporada.

También proponemos que un trabajador que alcance 10 meses de trabajo con un mismo empleador en el periodo de un año, pase a ser considerado un trabajador permanente y en consecuencia se establezca un contrato indefinido de trabajo.

“La sindicalización: Proponemos la formación de sindicatos territoriales con una base mínima comunal. Los sindicatos de trabajadores de temporada tendrán plena libertad de darse sys estatutos y fijar su normativa interna. Los sindicatos de trabajadores agrícolas tendrán el reconocimiento del estado como contraparte representativa de los trabajadores en los procesos de diálogo y negociación bipartita y tripartita.

Negociación colectiva: proponemos una negociación de base territorial, que se pueda desarrollar con una o más empresas. Los sindicatos tendrán titularidad de la negociación colectiva, y los acuerdos alcanzados por ellos se harán extensos al conjunto de los trabajadores de temporada agrícola del territorio que representes. Donde no exista sindicato, se aplicaran las normas generales que establezca la nueva legislación laboral.

La negociación colectiva se iniciará cuando los sindicatos de trabajadores de temporada estimen conveniente hacer la presentación del proyecto del petitorio colectivo a la representación empresarial, entregando copia a la inspección del trabajo correspondiente. El no acuerdo, dará derecho a los trabajadores de hacer uso de la huelga bajo las normas generales que fije la nueva normativa laboral.

La base o piso de la primera negociación serán los contratos individuales existentes de la temporada anterior o acuerdo colectivo sobre tratos, tarifas y otras materias”.

FUENTE: Acuerdo Mesa Organizaciones Campesinas sobre Reforma Laboral.

El documento fue firmado por las siguientes organizaciones:

 

 

 



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