NOTICIA: La Corte de Apelaciones de Antofagasta, confirmó la sentencia que condenó a la División Chuquicamata de Codelco al pago de una multa de 150 UTM por incurrir en prácticas antisindicales en contra de un grupo de dirigentes del Sindicado N°2.
[Santiago, 11 de enero 2019] De a cuerdo a una nota publicada hoy en el sitio web de la Federación de Supervisores de la Minería Privada FESUMIN, la resolución, dejó constancia de que la empresa estatal realizó descuentos en las remuneraciones de dirigentes sindicales por ausentarse de su lugar de trabajo, esto pese a que debían cumplir labores gremiales.
“Concluyó el sentenciador que la medida afectó a los dirigentes en su rol y constituye un desincentivo tanto para ello como para terceros que quieren realizar labores sindicales pues el ejercicio de la misma significó pérdida de parte de sus remuneraciones”, expresa el fallo.
“Determinó que el perjuicio patrimonial no solo es para los dirigentes, sino para todos los trabajadores pues al ponerlos ausentes repercute en los bonos de continuidad laboral y otro asociado a la producción”, prosigue.
Esta sentencia fue resuelta por la Segunda Sala del tribunal de alzada, que también rechazó con costas el recurso de nulidad deducido contra la sentencia dictada por el Juzgado de Letras del Trabajo de Calama.
Fuente: FESUMIN