Difundimos la nota realizada por el Departamento de Comunicaciones del Sindicato de Trabajadores y Trabajadoras Chuquicamata, donde se expone el fallo judicial (con fecha 16 de febrero del 2023) respecto a los contratos por “obra o faena”, los cuales habían sido implementados por Codelco en la división Chuquicamata.
[06 de marzo 2023] El fallo judicial declara que dichos contratos son de carácter indefinido, en virtud de la naturaleza indefinida de las funciones realizadas por las trabajadoras y trabajadores contratados bajo esa modalidad. Si bien el fallo fue apelado por Codelco, desde el sindicato plantean que esta resolución judicial puede marcar un precedente para el resto de la industria minera y también para otras industrias, como la pesquera, salmonera, forestal, por mencionar algunas.
Justicia declara ilegales los contratos por “Obra o Faena” en División Chuquicamata: Codelco deberá contratarlos indefinidamente
Este tipo de contratos fue implementado en trabajadores de Mina Rajo y Chuquicamata Subterránea y lo irregular de ellos fue constatado por la Dirección Nacional del Trabajo y por los tribunales de justicia. A pesar de ambas resoluciones, Codelco apeló a esta sentencia.
El contrato “Obra o Faena” fue aplicado por Codelco e implementado para la contratación de trabajadores desde marzo de 2021. Dichos contratos fueron celebrados con trabajadores de la Mina Rajo Chuquicamata y en Mina Subterránea Chuquicamata, quienes efectúan funciones de naturaleza permanente, razón por la que este contrato por obra no se ajustaría a derecho.
Este tipo de contrato fue fiscalizado por la Dirección Nacional del Trabajo, determinando este organismo que dichos contratos, en derecho, son de carácter indefinido, ya que sus funciones son de carácter permanente en la explotación minera y, por ende, no cesan ni concluyen.
Ya a principios de 2022 la disputa se llevó a instancias judiciales. Transcurridos 13 meses, el Juzgado de Letras del Trabajo de Calama emitió sentencia el pasado 16 de febrero, en la cual determinó que el Contrato por Obra o Faena es improcedente y “que el contrato que los une con Codelco Chile División Chuquicamata es de duración indefinida”, según se desprende del documento.
A pesar de estas dos resoluciones, Codelco ha mantenido este tipo de contrato. Sin ir más lejos, la Corporación apeló a la sentencia del Juzgado de Letras del Trabajo de Calama, buscando revertir esta medida que “a todas luces, es una clara política de precariedad laboral”, según lo acusado por el Sindicato Chuquicamata, institución que ha llevado adelante las acciones administrativas y legales para resolver esta anomalía.
Hernán Guerrero Maluenda, presidente del Sindicato Chuquicamata, explicó que “este fallo judicial no sólo beneficiará a los trabajadores de Codelco, sino que también marcará un precedente al resto de la industria minera, así como a quienes laboran en la industria pesquera, forestal, u otras en las que los empleadores utilizan este tipo de contrato inadecuadamente”.
Señalar que los trabajadores contratados actualmente bajo la modalidad de “Obra o Faena” no han podido acceder a los beneficios emanados desde el contrato colectivo firmado por Codelco Chuquicamata con los sindicatos de dicha división, debido a que en este documento se contemplan beneficios para trabajadores indefinidos y a plazo fijo, no así para trabajadores por “obra o faena”.