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Entró en vigencia la Ley de Seguro Obligatorio frente al Covid-19 que debe ser financiado por el empleador


PARA SINDICAL.CL (6)Noticia: La normativa dispone medidas de protección para el retorno gradual y seguro al trabajo que incluyen un seguro de salud y vida, ofrecer teletrabajo a trabajadores de alto riesgo, entre otros.

[Santiago, 3 de junio de 2021] El Ministerio del Trabajo junto a la Subsecretaría de Previsión Social y el Instituto de Seguridad Laboral hicieron el lanzamiento oficial de la Ley 21.342 que entrega medidas de protección para las y los trabajadores frente al Covid-19 y que deben ser financiadas por el empleador.

El objetivo es reforzar la protección de los trabajadores frente al virus y sus efectos en su retorno presencial al trabajo. Con este nuevo marco regulatorio se ofrece trabajo remoto para las y los trabajadores de alto riesgo en salud y por motivos de cuidado, también, incluye la eliminación del período de carencia de las licencias médicas por Covid-19 existente en licencias de menos de 11 días, y también la creación de un seguro de salud y de vida para quienes se contagien de la enfermedad trabajando de forma presencial o semipresencial.

El seguro de cargo del empleador se deberá contratar anualmente para cada trabajador con contrato y que realice sus funciones de manera presencial o semipresencial, y financiará o reembolsará los gastos de hospitalización y rehabilitación en Fonasa o Isapre. Además, considera una indemnización en caso de fallecimiento de 180 UF.

El ministro del trabajo, Patricio Melero señaló que las empresas deben cumplir con esto o arriesgan sanciones. El jefe de cartera comentó que “Los empleadores que no contraten el seguro deberán pagar las sumas que le habría correspondido cubrir al asegurador, además de asumir sanciones, y las que no cuenten con un protocolo de seguridad sanitaria laboral COVID-19, no podrán retomar o iniciar la actividad laboral de carácter presencial”.

También se anunció la firma del Decreto Supremo 930, que extiende la vigencia de las normas de suspensión de la Ley de Protección del Empleo en 3 meses más, siendo así efectiva hasta el 6 de septiembre de este año. Esto implica que se permiten 3 giros adicionales con cargo al Seguro de Cesantía.