NOTICIA: El gobierno presentó este lunes, en la comisión del Trabajo de la Cámara de Diputados, la indicación sustitutiva que regula la jornada de descanso dominical del comercio.
[Santiago 6 de enero 2015] La Ministra del Trabajo y Previsión Social, Javiera Blanco, y el Subsecretario del Trabajo, Francisco Javier Díaz, presentaron la indicación sustitutiva que regula la jornada laboral dominical del comercio, ante la comisión del Trabajo de la Cámara de Diputados.
Cabe recordar que esta indicación se logró tras un acuerdo tripartito en la mesa del comercio entre el ejecutivo, trabajadores y empleadores, que finalmente fue firmado por 8 organizaciones del sector.
“Ha existido un trabajo de dos meses muy prolijo de todos los actores sociales y, por tanto, el compromiso es esta indicación (…) tenemos que tener a la vista como actores públicos, la voluntad de los actores sociales”, expresó Javiera Blanco.
El convenio establece que se le otorgará al trabajador un descanso dominical de 7 domingos anuales, adicionales a los dos mensuales que le corresponden actualmente. De estos, tres pueden ser cambiados por días sábados, siempre que exista un acuerdo colectivo entre las partes.
La Confederación Nacional de sindicatos y Federaciones de Trabajadores del Comercio y Servicios (Consfecove), si bien ratificó el acuerdo con la Cámara de Comercio durante la jornada de este lunes, creen que la indicación aun esta inconclusa. Ante esa situación, esperan que en el Congreso se discutan los puntos que faltan.
“Las sanciones no aparecen estipuladas ahí, pero obviamente a nosotros nos interesa que el que no cumple, tenga un fuerte sanción como así ocurre en la Ley 20.215 que se hace por trabajador y no por un tema empresa. Nosotros esperamos que ese tema sea de real importancia para los diputados, y puedan mejorar el proyecto”, señaló el Presidente de la Consfecove, José Luis Ortega,
La indicación también estipula que las horas trabajadas los días domingos tendrán un recargo adicional remuneracional de un 30% sobre el valor correspondiente al sueldo base. La medida regirá para los trabajadores con jornada completa (full time) y para quienes realizan media jornada (part time).