El contrato y el convenio colectivo producen los mismos efectos. Sin embargo, se distinguen en el procedimiento por el cual se alcanza uno u otro instrumento. Aquí te contamos las 4 principales diferencias:
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El convenio colectivo puede iniciarse en cualquier momento, aún cuando en la empresa exista un instrumento colectivo vigente.
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El convenio colectivo lo puede llevar a cabo un grupo de trabajadores, sin necesidad de un sindicato.
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Los trabajadores que firman un convenio colectivo no tienen fuero.
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Los trabajadores que firman un convenio colectivo no tienen derecho a huelga.
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Fuente: Dirección del Trabajo