Las trabajadoras y trabajadores que tengan a su cargo hijas e hijos menores de 12 años de edad tendrán la posibilidad de acogerse a la modalidad de trabajo a distancia o teletrabajo durante las próximas vacaciones de invierno extendidas. En el caso de que en un hogar el padre y la madre sean trabajadores, será esta última quien decida cuál de los dos podrá acogerse a la modalidad de teletrabajo.
[16 de junio 2022] El día de ayer, la Dirección del Trabajo (DT) promulgó el dictamen 1050/18, que permite a madres o padres que tengan a su cargo a menores de 12 años, realizar su jornada laboral a distancia sin descuentos remuneracionales. Esto, debido a la extensión de las vacaciones escolares de invierno instruida por el Ministerio de Salud, que, junto con adelantar la fecha de inicio de las vacaciones, agregó una semana a dicho descanso.
De esta forma, madres y padres trabajadores tendrán la alternativa de cumplir sus funciones con trabajo a distancia amparados en al artículo 206 bis del Código del Trabajo, el cual establece que ante una “alerta sanitaria con ocasión de una epidemia o pandemia a causa de una enfermedad contagiosa, el empleador se encontrará obligado a ofrecer la modalidad de trabajo a distancia o teletrabajo”, advirtiendo enseguida que ello es posible “sin que implique una reducción de sus remuneraciones, en la medida que la naturaleza de sus funciones lo permitan y los trabajadores consientan en ello”.
Cabe destacar que, en la actualidad, 105.751 trabajadores y trabajadoras cuentan con pactos para trabajar en modalidad de teletrabajo, trabajo a distancia o de forma mixta.