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Son calificados como “Trabajo Pesado” 450 puestos laborales


KIOSKO: Los trabajos que caen dentro de esta calificación realizada por la Comisión Ergonómica Nacional determinan la posibilidad de rebaja en edad legal para pensionarse por vejez.

[Santiago, 14 de enero de 2013] La Superintendencia de Pensiones informó que durante 2012 fueron calificados como Trabajo Pesado un total de 450 puestos de trabajo, lo que representa un 88,06% del total (511) que fueron sometidos a calificación y ejecutoriados el año pasado por la Comisión Ergonómica Nacional (CEN).

La Ley N°19.404 de 1995 considera la posibilidad de anticipar la edad legal de retiro a aquellos trabajadores que se desempeñen en puestos definidos como trabajos pesados, estableciendo una sobrecotización con cargos iguales al empleador y al trabajador, con el objeto de compensar el menor ahorro en la cuenta de capitalización individual que se generaría y el mayor tiempo de financiamiento de la pensión que se requeriría.

Se consideran trabajo pesado aquellas labores cuya realización acelera el desgaste físico, intelectual o psíquico en la mayoría de quienes los realizan, provocando un envejecimiento precoz, aun cuando ellos no generen una enfermedad laboral.

Al calificar una labor como trabajo pesado de acuerdo al grado de desgaste relativo que produciría el cargo en cuestión, se determina la posibilidad de una rebaja de la edad legal para pensionarse por vejez de la siguiente forma, derivado de la equivalencia con el porcentaje de sobrecotización.

Del total de casos aprobados, la Segunda región representa un 23,48%, seguida de la Octava región con 22,11% y la Cuarta Región con un 18,98% del total.

Del total de 450 puestos aprobados como trabajo pesado, 233 fueron calificados con una cotización adicional de 1%, correspondiendo al 51,78%, y 217 puestos de trabajo con 2% de cotización adicional, correspondiendo al 48,22% del total.

Los trabajadores que hayan efectuado cotizaciones por trabajos pesados del 2% tienen derecho a adelantar su edad de jubilación a razón de 2 años por cada 5 años de sobrecotización, con un máximo de 10 años de anticipo de la pensión.

Los trabajadores que efectuaran una sobrecotización de 1% tendrán derecho a adelantar la edad de pensionarse a razón de 1 año por cada 5 años cotizados, con un máximo de 5 años de anticipo de la pensión.

Desde 1997 a la fecha, la CEN ha calificado sobre 14.000 puestos de trabajo a nivel nacional. De ellos, un 64,96% corresponden a casos aprobados, es decir, sobre 9.000 puestos de trabajo tienen la condición de Trabajo Pesado, sea con un 1% o con un 2%. Por otra parte, el 35,04% del total calificado ha sido rechazado en esta condición, es decir, sobre los 4.900 puestos.