.
.

Al servicio del mundo laboral y sindical

.


Ley de teletrabajo: los cambios que trae la entrada en vigencia de la normativa


Trabaja desde CasaNOTICIA: A contar del 1 de julio de este año ya comenzó a aplicarse la Ley N° 21.220 que realiza cambios al código del trabajo respecto a las labores que los empleados realicen a distancia. La llamada “Ley de teletrabajo” contempla varios aspectos importantes que tanto el empleador como los trabajadores deben tomar en cuenta.

[Santiago, 02 de julio de 2020] Uno de ellos es que la empresa debe proporcionarle al colaborador todos los implementos necesarios para poder realizar sus labores de buena manera y acorde a los correctos estándares de seguridad y salud, tal como ocurre cuando se realiza el trabajo presencial. Esto puede cambiar si es que el empleado quisiera usar sus propios equipos.

Otro punto importante de la ley es que la empresa debe asumir, por medio de reembolsos, el costo en los gastos que tenga que cubrir el colaborador en su hogar, como por ejemplo el internet. Eso sí, estos costos deben estar limitados a las operaciones relacionadas con el empleo, y no a otras actividades que se realicen con el servicio.

Sobre los horarios, hay dos modalidades, una que los contemple y otra que no esté sujeta a horarios de trabajo. Si se acordó una jornada específica, el ingreso y salida será medida a través del tiempo de conexión, y todo lo extra será pagado a parte. Mientras que, si se llegó al acuerdo de no tener un horario laboral, esto no quiere decir que sea una jornada ininterrumpida, ya que existe el derecho a la desconexión digital, que garantiza al trabajador 12 horas seguidas para estar desconectado del trabajo.

Una de las características del teletrabajo es que no requiere salir de la casa, lo que disminuye considerablemente los accidentes laborales. De todas formas, estos pueden suceder, y eso también está cubierto, ya que la empresa debe cubrirlos, siempre y cuando hayan sucedido en labores relacionadas al trabajo. Si ocurren, por ejemplo, en labores domésticas, el empleador no está en la obligación de hacerse cargo.

Todo lo que abarca la nueva ley de teletrabajo debe ser estipulado en un anexo de contrato, en donde quedarán especificados los detalles como la duración del trabajo en casa, los mecanismos de supervisión del empleador y el derecho a la desconexión.