NOTICIA: Iniciativa busca otorgar carácter de laboral a la relación jurídica entre los repartidores y las plataformas digitales como UberEATS, Rappi, PedidosYa, Glovo y Cornershop.
[Santiago, 25 de marzo de 2019] Los senadores Alejandro Guillier (Ind.), Francisco Chahuán (RN), Adriana Muñoz (PPD), José Miguel Insulza (PS) y Francisco Huenchumilla (DC) ingresaron a trámite un proyecto de ley de “Empleo Digital Digno”.
Para los parlamentarios, la automatización y digitalización de servicios como el reparto no puede desconocer que entre las plataformas tecnológicas y sus “colaboradores”, en los hechos se establece un vínculo de subordinación y dependencia que la actual legislación no está regulando y que deja en la más absoluta desprotección a dichos trabajadores.
El proyecto de ley presentado excluye a estos trabajadores de la jornada de 45 horas semanales que establece el Código del Trabajo, de modo de reconocer la flexibilidad que aportan estas plataformas tecnológicas, pero asegura el acceso a otros derechos para los trabajadores, como las condiciones de término del contrato, el derecho a descanso y la posibilidad de acceder a la fiscalización de la Dirección del Trabajo, entre otros.
El texto contempla dar por cumplido el requisito de escrituración de los contratos cuando éste se realice de manera electrónica. Es decir, sólo con inscribirse a través del teléfono en estas plataformas digitales, se generará el vínculo laboral entre los repartidores y las plataformas digitales.
Según los senadores la alta cesantía en Chile (6,8%) es un problema estructural relacionado entre otras materias con la creciente automatización y robotización de las funciones y procesos productivos.
La OCDE ha señalado que cerca del 53% de los empleos en Chile pueden desaparecer como resultado de la automatización. Sólo en el retail se han perdido más de 30.000 empleos durante 2018.
En este contexto, las plataformas tecnológicas de reparto son una buena alternativa de generación de ingresos para la personas, especialmente los jóvenes, pero la legislación laboral requiere actualizarse a estas nuevas situaciones.
Según los senadores, aunque las plataformas digitales insistan en llamarlos “colaboradores”, “socios repartidores”, “glovers”, lo cierto es que las compañías determinan las características del servicio prestado, del bien vendido, fijan precios, remuneraciones y todo tipo de condiciones estructurando no una relación de sociedad o emprendimiento, sino una relación típicamente laboral y subordinada.
Fuente: Publimetro