NOTICIA: En el marco del Congreso de Economía y Derechos Sociales, se trataron temas vinculados a las enfermedades ocupacionales y al marco normativo que regula la accidentabilidad laboral. ¿Están las instituciones velando por la salud integral de los trabajadores chilenos?
[Santiago, 03 0ctubre 2015] En el Congreso de Economía y Derechos Sociales (CEDES) se abordó el tema de la salud en el trabajo. La instancia, organizada por el Centro de Estudiantes de Ingeniería Comerical U. De Chile, reunió a Orielle Solar, investigadora de FLACSO; Esteban Maturana, presidente de la CONFUSAM, y a Andrés Herreros, gerente de Seguridad y Salud Ocupacional ACHS.
La investigadora de FLACSO sostuvo que la Ley 16.744, que establece normas sobre accidentes del trabajo y enfermedades profesionales, es restrictiva, porque asocia las patologías a una sola causa. De hecho, un 29,5% del total de enfermedades que los trabajadores refirieron sufrir ha sido reconocida como enfermedad profesional, de acuerdo a la Encuesta Nacional de Empleo, Trabajo, Salud y Calidad de Vida de los Trabajadores y Trabajadoras en Chile (ENETS 2009-2010).
“Cuando hablamos de enfermedades laborales en nuestro país, nos restringimos a aquellas enfermedades que son causadas de manera directa por el trabajo o la profesión que realizamos. Entonces, la conceptualización que hay detrás es que la enfermedad tiene una única causalidad y nos encontramos con que son multicausales”, señaló.
En este sentido, Sergio Pérez, estudiante de magíster en Salud Pública y comentarista del evento, se refirió a las consecuencias de la mirada restrictiva que contempla la ley sobre la salud laboral.
“Vemos que hay trabajadores que tienen enfermedades ocupacionales, pero son categorizadas como enfermedad común. Entonces, son derivadas al sistema público, que tiene importantes déficits y estamos saturando aún más el sistema, tirándole un delta de enfermedades ocupacionales”, remarcó.
Por su parte, el representante de la ACHS apuntó sus reflexiones hacia la prevención. “En el sistema de salud común, la prevención no existe, ni en el público, ni en el privado. Las nociones que hay de prevención son políticas generales, pero no hay incentivos por trabajar el tema”.
Mirada sindical
Esteban Maturana considera que existe una relación entre los derechos sociales y el modelo económico del país. “La salud ocupacional en Chile está condicionada al modelo económico en que estamos inmersos. En materia de derechos sociales, la acción del Estado es, fundamentalmente, subsidiaria. Entonces, si eres rico, tienes rica salud y si eres pobre, tienes salud de pobre”, declaró.
Para el dirigente, las condiciones contractuales (contrato formal o trabajo informal) de los trabajadores también serían determinantes a la hora de resguardar su salud ocupacional. En esta línea, puso como ejemplo la situación que enfrentan los trabajadores del sector público.
“En estos momentos estamos buscando de qué manera somos capaces de garantizar el derecho de estabilidad laboral, por la formula de que la gente que trabaja en el sector público tenga un contrato de trabajo y podamos terminar esta lógica de contratar personal bajo el régimen de honorarios, en los que se carece de toda protección en materia de accidentabilidad en el trabajo y enfermedades profesionales”, sostuvo el presidente de la CONFUSAM.