{"id":40557,"date":"2023-10-16T20:08:05","date_gmt":"2023-10-16T23:08:05","guid":{"rendered":"https:\/\/sindical.cl\/testing\/?p=40557"},"modified":"2025-03-06T20:30:22","modified_gmt":"2025-03-07T00:30:22","slug":"reportaje-peru-equidad","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/sindical.cl\/testing\/reportaje-peru-equidad\/","title":{"rendered":"Sindicatos de empresas chilenas en Per\u00fa denuncian vulneraci\u00f3n de derechos laborales y llaman al Estado chileno a respetar acuerdos internacionales"},"content":{"rendered":"<p><strong>El Centro de Pol\u00edticas P\u00fablicas y Derechos Humanos (Per\u00fa EQUIDAD), ha denunciado, a trav\u00e9s de un extendido reportaje, las malas pr\u00e1cticas sindicales de empresas chilenas en Per\u00fa, bas\u00e1ndose en dos informes\u00a0que recogen testimonios de dirigentes y dirigentas sindicales y algunos casos concretos de afiliados.<\/strong><\/p>\n<p>[16 de octubre 2023] En dicho reportaje se da cuenta de la vulneraci\u00f3n de derechos laborales y sindicales en un conjunto de empresas chilenas con gran presencia en el mercado peruano: los grupos CENCOSUD, RIPLEY y SAGA FALABELLA.<\/p>\n<p>\u00abActos de hostigamiento a dirigentes sindicales, incumplimiento de las normas de seguridad y salud ocupacional, el abuso en la contrataci\u00f3n temporal, aunado a un sistem\u00e1tico bloqueo de las demandas leg\u00edtimas de los trabajadores, acusan un modo sistem\u00e1tico de operar en contra los derechos de miles de trabajadores y sus familias en todo el territorio peruano\u00bb, se\u00f1ala el reportaje.<\/p>\n<p>Cabe destacar que el Estado chileno asumi\u00f3 obligaciones en materia de derechos humanos en el marco de las pol\u00edticas p\u00fablicas adoptadas para calificar como miembro pleno de la OCDE. Comenzando con el compromiso de respetar y promover las Directrices\u00a0de la OCDE para las Empresas Transnacionales;\u00a0particularmente las concernientes a la sostenibilidad ambiental, la gobernanza corporativa y los derechos humanos, por lo que las autoridades chilenas encargadas de las pol\u00edticas de derechos humanos y relaciones comerciales tienen la obligaci\u00f3n jur\u00eddica de garantizar la pr\u00e1ctica de la debida diligencia empresarial por parte de las inversiones chilenas <em>m\u00e1s all\u00e1 de sus fronteras<\/em>, \u00absituaci\u00f3n que, lamentablemente, no ocurre en la pr\u00e1ctica, tal como se recoge de los diferentes testimonios reunidos por EQUIDAD en sendas investigaciones publicadas el 2019 y el 2021\u00bb, se\u00f1ala el reportaje.<\/p>\n<p>En este sentido, sindicatos de empresas chilenas en Per\u00fa denuncian vulneraci\u00f3n de derechos laborales y llaman al Estado chileno a respetar acuerdos internacionales.<\/p>\n<p>A continuaci\u00f3n, difundimos el reportaje del Centro de Pol\u00edticas P\u00fablicas y Derechos Humanos (Per\u00fa EQUIDAD), que aborda esta problem\u00e1tica.<\/p>\n<h3 class=\"wp-block-heading\"><strong>Debida diligencia y Derechos Humanos: <\/strong><strong>Los enormes desaf\u00edos que enfrentan las empresas chilenas en Per\u00fa<\/strong><\/h3>\n<p>El crecimiento de la actividad empresarial chilena en el Per\u00fa en las\u00a0\u00faltimas d\u00e9cadas ha sido notable. Desde los a\u00f1os noventa el ingreso de importantes grupos empresariales chilenos en los sectores <em>retail<\/em>, comercio, energ\u00eda\u00a0y manufactura se vio favorecido por la implementaci\u00f3n de una agresiva pol\u00edtica de liberalizaci\u00f3n comercial, flexibilidad laboral y beneficios tributarios, logrando en poco tiempo posicionarse como una de las principales inversiones extranjeras en el pa\u00eds. Reflejo de este proceso fue, entre otros, la inauguraci\u00f3n de decenas de tiendas <em>retail<\/em>\u00a0de capitales chilenos en un n\u00famero importante de ciudades, comenzando por la capital, Lima. Sin embargo, el impacto social y laboral de estas inversiones ha sido objeto de serios cuestionamientos que contradicen los compromisos p\u00fablicos de dichas empresas y del Estado chileno respecto a los derechos humanos y la sostenibilidad ambiental.<\/p>\n<p>La precariedad institucional y legal del Estado peruano, en un contexto de debilitamiento del tejido social peruano y de ausencia de una cultura de \u00e9tica empresarial extendida, explican en gran medida las brechas existentes entre la pr\u00e1ctica\u00a0de estas empresas\u00a0y los par\u00e1metros de una conducta empresarial responsable \u2013tal como la define la Organizaci\u00f3n para la Cooperaci\u00f3n Econ\u00f3mica y Desarrollo Econ\u00f3mico (OCDE)\u2013 o los Principios Rectores de Naciones Unidas sobre Empresas y Derechos Humanos. Lo que queda en evidencia a\u00a0partir de la data disponible sobre el impacto en los derechos humanos de un conjunto de empresas chilenas que operan en el pa\u00eds.<\/p>\n<p>La relaci\u00f3n de las empresas chilenas en el Per\u00fa con sus trabajadores y sindicatos, por ejemplo, se encuentra en las ant\u00edpodas de lo que implicar\u00eda una conducta empresarial basada en el enfoque de la debida diligencia empresarial en materia de derechos humanos. Actos de hostigamiento a dirigentes sindicales, incumplimiento de las normas de seguridad y salud ocupacional, el abuso en la contrataci\u00f3n temporal, aunado a un sistem\u00e1tico bloqueo de las demandas leg\u00edtimas de los trabajadores, acusan un modo sistem\u00e1tico de operar en contra los derechos de miles de trabajadores y sus familias en todo el territorio peruano.<\/p>\n<p>Lamentablemente, tampoco se observa una respuesta asertiva por parte del Estado chileno para promover y garantizar que sus inversiones en el exterior operen en el marco de los derechos humanos fuera de sus fronteras. La pasividad con que las autoridades chilenas enfrentan las diversas denuncias recibidas desde diversos pa\u00edses contra la actuaci\u00f3n de empresas domiciliadas en su territorio, constituye una clara omisi\u00f3n de sus obligaciones extraterritoriales en materia de derechos humanos y ambientales, lo que atenta indefectiblemente contra las posibilidades de desarrollo y la mejora de la calidad de vida de las personas afectadas por la actividad de empresas chilenas.<\/p>\n<p>En este reportaje se da cuenta de la situaci\u00f3n de los derechos humanos en un conjunto de empresas chilenas con una importante presencia en el mercado peruano: los grupos CENCOSUD, RIPLEY y SAGA FALABELLA. Como parte de su labor de promoci\u00f3n\u00a0y defensa de los derechos humanos, Per\u00fa EQUIDAD ha publicado ya dos informes\u00a0que recogen los testimonios de algunos dirigentes sindicales y algunos casos concretos de afiliados que, documentados, nos trazan un panorama desalentador. Informes para los que \u00a0se solicit\u00f3 informaci\u00f3n a las empresas aludidas en estos, pero sin recibir respuesta hasta el cierre de esta nota.<\/p>\n<p><strong>\u00bfDe qui\u00e9n es la responsabilidad?<\/strong><\/p>\n<p>Es consenso que las empresas chilenas tienen una presencia importante, financiera y comercialmente en el Per\u00fa. Estas han inyectado vol\u00famenes de inversi\u00f3n a gran escala alentadas por las pol\u00edticas de promoci\u00f3n de la inversi\u00f3n privada (marcos regulatorios flexibles) que propiciaron el arribo en masa de la inversi\u00f3n extranjera chilena a nuestro pa\u00eds. As\u00ed, las tiendas por departamentos chilenas\u00a0pasaron a formar parte de nuestro\u00a0paisaje urbano en un per\u00edodo en el que la econom\u00eda superaba una crisis de hiperinflaci\u00f3n,\u00a0diversificando\u00a0la oferta de productos al liberalizarse las importaciones y alentando el consumo ampliando el acceso al cr\u00e9dito.<\/p>\n<figure class=\"wp-block-table\">\n<table>\n<tbody>\n<tr>\n<td>\u00a0<strong>\u00bfSAB\u00cdAS QUE\u2026?<\/strong>\u00a0En el periodo 1990-2020, Per\u00fa fue el segundo destino de las inversiones chilenas en el exterior, con la participaci\u00f3n de m\u00e1s de 400 empresas que acumulan un monto de 20.048 millones, lo que representa el 14,8% del total de las inversiones chilenas en el mundo.\u00a0Seg\u00fan PROMPER\u00da, en este periodo se ejecutaron 134 proyectos de inversi\u00f3n que involucran a 76 empresas chilenas, incluidas FALABELLA y CENCOSUD.\u00a0En los \u00faltimos 20 a\u00f1os, la inversi\u00f3n chilena en Per\u00fa super\u00f3 los 6,000 millones de d\u00f3lares, lo que evidencia el compromiso y la visi\u00f3n empresarial demostrados por m\u00e1s de 70 compa\u00f1\u00edas que operan en el pa\u00eds.\u00a0Seg\u00fan datos de la Embajada de Chile en el Per\u00fa, a nivel sectorial estas inversiones se concentraron principalmente en servicios (66,6%), energ\u00eda (20,6%) e industria (9,8%).\u00a0En el 2021, el intercambio comercial entre Chile y Per\u00fa super\u00f3 los US$ 3.000 millones. \u00a0En el 2022 este intercambio creci\u00f3 a US$\u00a03.576 millones.\u00a0Fuentes: INFOBAE, Per\u00fa Retail, La Rep\u00fablica, El Peruano.<\/td>\n<\/tr>\n<\/tbody>\n<\/table>\n<\/figure>\n<p>En forma simult\u00e1nea al crecimiento de las inversiones de Chile en el exterior, el Estado chileno asumi\u00f3 nuevas obligaciones en materia de derechos humanos en el marco de las pol\u00edticas p\u00fablicas adoptadas para calificar como miembro pleno de la OCDE. Comenzando con el compromiso de respetar y promover las Directrices\u00a0de la OCDE para las Empresas Transnacionales;\u00a0particularmente las concernientes a la sostenibilidad ambiental, la gobernanza corporativa y los derechos humanos. Asume, al mismo tiempo, las obligaciones extraterritoriales que se desprenden consustancialmente de la extensa normativa internacional en materia de derechos econ\u00f3micos, sociales, culturales y ambientales del Sistema de Naciones Unidas y del Sistema Interamericano de Derechos Humanos a los que soberanamente Chile se ha sometido.<\/p>\n<p>Desde esta \u00f3ptica, lo que haga o deje de hacer el empresariado chileno en terceros pa\u00edses (incluido el Per\u00fa) concierne directamente al Estado chileno. Las autoridades chilenas encargadas de las pol\u00edticas de derechos humanos y relaciones comerciales tienen la obligaci\u00f3n jur\u00eddica de garantizar la pr\u00e1ctica de la debida diligencia empresarial por parte de las inversiones chilenas <em>m\u00e1s all\u00e1 de sus fronteras<\/em>. Situaci\u00f3n que, lamentablemente, no ocurre en la pr\u00e1ctica, tal como se recoge de los diferentes testimonios reunidos por EQUIDAD en sendas investigaciones publicadas el 2019 y el 2021.\u00a0Si la situaci\u00f3n no pintaba bien antes, durante la pandemia se agravaron una serie de vulneraciones a los derechos humanos en empresas chilenas que operan en dos sectores principalmente: el retail y la industria manufacturera. En ambos sectores, a pesar de los enormes beneficios obtenidos durante su implantaci\u00f3n\u00a0en Per\u00fa, se siguen denunciando relaciones laborales conflictivas, que impiden que las empresas y sus sindicatos negocien horizontalmente y logren acuerdos sostenibles pues, a pesar de la existencia de normas y disposici\u00f3n de las autoridades para encontrar salidas concertadas, estas finalmente no se llevan\u00a0a la pr\u00e1ctica. La imposibilidad de entablar procesos de di\u00e1logo social, en este sentido, constituye en este terreno un obst\u00e1culo mayor para la democracia y la adopci\u00f3n de conductas empresariales responsables.<\/p>\n<p><strong>Los compromisos del Estado chileno en materia de derechos humanos<\/strong><\/p>\n<p>La aprobaci\u00f3n por Chile el 2017 de un <em>Plan de Acci\u00f3n Nacional de Derechos Humanos y Empresas (PNAEDH)<\/em>, despert\u00f3 expectativas en diversos sectores y colectivos involucrados con la actividad econ\u00f3mica de las empresas chilenas. Entre otros sectores, los sindicatos peruanos vieron en esta pol\u00edtica un mecanismo que podr\u00eda\u00a0contribuir al respeto de los derechos humanos en la actividad de las empresas chilenas en el Per\u00fa.<\/p>\n<p>Los lineamientos incorporados en el PNAEDH de Chile constituyen un marco de referencia para que las empresas chilenas respeten los derechos humanos. Integra 158 compromisos espec\u00edficos de 17 instituciones p\u00fablicas, que competen tanto a empresas e instituciones p\u00fablicas y privadas. Su referente esencial son los Principios Rectores de las Naciones Unidas sobre Empresas y Derechos Humanos. El aspecto central es que las empresas deben respetar las normas nacionales y tambi\u00e9n los derechos humanos internacionalmente reconocidos, dentro y fuera de las fronteras nacionales. En ese sentido, esta pol\u00edtica p\u00fablica constituye un referente de c\u00f3mo las inversiones chilenas deben modelar su actuaci\u00f3n, tanto en Chile como a lo largo de la cadena de suministro en el exterior.<\/p>\n<p>Lamentablemente, este escenario est\u00e1 todav\u00eda\u00a0muy \u00a0lejos de realizarse. Poco antes de la aprobaci\u00f3n\u00a0del plan chileno, el Comit\u00e9 de Derechos Econ\u00f3micos, Sociales y Culturales (CDESC) de las Naciones Unidas advirti\u00f3 en junio de 2015 que \u201cSi bien el Comit\u00e9 nota con satisfacci\u00f3n la informaci\u00f3n proporcionada sobre la creaci\u00f3n de un Plan Nacional sobre Empresas y Derechos Humanos, le preocupa que el Estado parte a\u00fan no cuente con un marco normativo que vele por el respeto pleno de los derechos humanos econ\u00f3micos, sociales y culturales por parte de empresas que desarrollan su actividad en el Estado parte y aquellas sujetas a su jurisdicci\u00f3n que desarrollan sus actividades en el extranjero\u201d.\u00a0Y, entre otros aspectos, recomend\u00f3 a Chile que \u201cAdopte medidas legislativas y administrativas adecuadas para asegurar la responsabilidad legal de las empresas y sus filiales que tengan su sede en el territorio del Estado parte o est\u00e9n gestionadas desde \u00e9l, en relaci\u00f3n con las violaciones de los derechos econ\u00f3micos, sociales y culturales en sus proyectos en el extranjero.\u201d.<\/p>\n<p><strong>Libertad sindical restringida y asediada<\/strong><\/p>\n<p>El mes de julio pasado, dirigentes del Sindicato de RIPLEY tomaron control de algunos espacios p\u00fablicos de la tienda de la empresa San Borja, una de las m\u00e1s importantes en Lima y, meg\u00e1fono en mano, clamaron -en proclama transmitida en directo por las redes sociales- \u00a1<em>RIPLEY, carajo, respeta mi trabajo<\/em>! En su Facebook institucional explicaron el motivo de su\u00a0protesta: la empresa no atiende sus demandas y reclamos. En\u00a0efecto, tras siete meses de negociaciones frustradas, adem\u00e1s de no reconocer la justeza de sus exigencias, los trabajadores afiliados al SUTRAGRISA denuncian ser simult\u00e1neo\u00a0objeto de pr\u00e1cticas antisindicalistas (actos de hostilidad), que vulneran no solo su derecho a la libertad sindical, sino que generan en paralelo temor e indefensi\u00f3n entre los trabajadores que se atreven a reclamar por sus derechos.<\/p>\n<p>RIPLEY tiene 31 tiendas en todo el Per\u00fa, tres centros comerciales y dos m\u00e1s en proyecto (Iquitos y San Juan de Lurigancho). Lleva 26 a\u00f1os de funcionamiento en el medio y cuenta con miles de clientes habituales\u00a0con ventas aseguradas que explican su acelerado crecimiento. A pesar de ello solo ofrece aumentos de dos soles diarios en su negociaci\u00f3n colectiva, lo cual genera, naturalmente, desaz\u00f3n entre los trabajadores en un contexto en el que una persistente inflaci\u00f3n en los productos de primera necesidad erosiona la capacidad de gasto de<em>\u00a0los morados<\/em>\u00a0de RIPLEY\u00a0\u2013tal es el color del uniforme de\u00a0su\u00a0personal\u2013 a pesar del crecimiento de la empresa.<\/p>\n<p><strong>Estrategias compartidas por las empresas chilenas<\/strong><\/p>\n<p>Para los dirigentes sindicales, las empresas CENCOSUD y RIPLEY comparten pautas comunes en las pol\u00edticas y estrategias laborales empleadas\u00a0con sus trabajadores. Por ejemplo, en el papel que juegan determinados <em>staffs<\/em>\u00a0de abogados con influencia y v\u00ednculos en el Estado y los gremios empresariales. Uno de estos estudios es el bufete\u00a0Vinatea Toyama, que desde el 2019 representa legalmente al holding CENCOSUD y a los Grupos RIPLEY y SAGA FALABELLA.<\/p>\n<p>\u201cSe trata de un estudio con mucha influencia y poder. Hay jueces que le temen. El estudio tiene un poder atr\u00e1s que los avala. Es una clara influencia en la justicia laboral en el pa\u00eds\u201d, se\u00f1ala Hugo Visosa, dirigente sindical con 24 a\u00f1os de trabajo en RIPLEY (ingres\u00f3 dos a\u00f1os despu\u00e9s del inicio de operaciones).<\/p>\n<p>Esta opini\u00f3n es tambi\u00e9n compartida por el secretario general del SUTRAGRUCEP, Javier Mart\u00ednez Puchoc, que agrupa a los trabajadores de CENCOSUD.<\/p>\n<p>\u201cLa concentraci\u00f3n de servicios profesionales ofrecidos a empresas chilenas, que repiten estrategias de relacionamiento con sus trabajadores comunes, es digna de sospecha para nuestros sindicatos\u201d, reiter\u00f3.<\/p>\n<p><strong>Sin <\/strong><strong>di\u00e1logo<\/strong><strong>\u00a0social los derechos humanos encuentran mayores dificultades para realizarse<\/strong><\/p>\n<p>Fuera de sus horas de trabajo, Hugo Visosa se planta en el frontis de la empresa con un cartel que reclama: \u201c!<em>Chile, respeta <\/em><em>a<\/em><em>l <\/em><em>Per\u00fa que te abri\u00f3<\/em><em>\u00a0las puertas<\/em>!\u201d. Un numeroso grupo de compa\u00f1eros de trabajo lo acompa\u00f1a con parlantes y banderolas. De acuerdo a un informe elaborado por la congresista Sigrid Baz\u00e1n, la empresa RIPLEY encabeza la lista de las empresas con m\u00e1s sanciones por infracci\u00f3n de la normativa laboral interpuestas por la Superintendencia Nacional de Fiscalizaci\u00f3n Laboral (SUNAFIL).<\/p>\n<p>Semanas antes, Visosa hab\u00eda sido retirado del comedor de la tienda cuando convocaba a los trabajadores a participar en la marcha por el Primero de mayo. Por este motivo, el mismo d\u00eda del trabajador, Visosa fue tratado por el gerente de la tienda como un <em>agente perturbador<\/em>\u00a0del personal, advirti\u00e9ndole que ese no era\u00a0el lugar donde hacer sus llamados, que para \u201ceso tiene otros momentos\u201d.<\/p>\n<p>\u00a1D\u00e9jalos almorzar tranquilos!, se escucha espetarle en un video que circul\u00f3 por redes sociales y que condensa el tenso momento. Ambos se conocen de tiempo, pues son de los m\u00e1s antiguos laborando en RIPLEY. Lo cual no evita que el representante de la empresa intente bloquear con su cuerpo el paso de Visosa.<\/p>\n<p>\u201cEl tema del di\u00e1logo social est\u00e1 venido a menos. No se puede realizar cuando te mandan a enfrentarte con los abogados\u201d. Para los trabajadores los abogados no quieren transar, solo buscan amedrentarlos se queja el dirigente sindical.<\/p>\n<p>Esta situaci\u00f3n no es de ahora. \u00a0Visosa fue denunciado judicialmente por una jefa de recursos humanos de la sede RIPLEY Trujillo, a pesar que \u00e9l trabaja en Lima. Una afiliada de dicho local le pidi\u00f3 orientaci\u00f3n a Hugo por redes sociales. Y este al compartir la denuncia de la trabajadora en el Facebook del sindicato, fue querellado por la empresa acus\u00e1ndolo de difamaci\u00f3n.<\/p>\n<p>\u201cEn la mayor\u00eda de los casos, son jueces corruptos\u201d, dice alguien que\u00a0manifiesta temor para identificarse. Visosa recuerda que se revirti\u00f3 la sentencia en primera instancia. \u201cYa me hab\u00edan sentenciado supuestamente. Si se confirmaba esa decisi\u00f3n, pr\u00e1cticamente me desped\u00edan, por delito doloso\u201d. El caso demor\u00f3 4 a\u00f1os en cerrarse. Termin\u00f3 en el 2019. \u201cLa empresa me empez\u00f3 a suspender. Encar\u00e9 un proceso de sanciones arbitrarias de la empresa\u201d, manifiesta Hugo. No se le otorg\u00f3 el derecho de defensa. El juez se pronunci\u00f3, le negaron la casaci\u00f3n.<\/p>\n<p>\u201cMe suspendieron y amonestaron. RIPLEY me traslad\u00f3 de su local del Jockey Plaza al de San Borja. Econ\u00f3micamente, este cambio me afecta. Y solo por el hecho de transmitir\u00a0un mensaje sindical en el comedor (aunque) ten\u00eda el respaldo de mis compa\u00f1eros\u201d, dice Hugo.<\/p>\n<p>Visosa refiere que RIPLEY considera un riesgo que los trabajadores se sumen al sindicato. \u201cLos afiliados y los no afiliados se sienten parte de la lucha, comienzan a ver c\u00f3mo son las cosas. Y cu\u00e1ndo se dan cuenta que le est\u00e1n vulnerando sus derechos poco a poco cobran conciencia y se unen a nosotros\u201d. El sindicato de RIPLEY cuenta con 470 trabajadores afiliados a nivel nacional, siendo Piura (la base m\u00e1s importante), Chiclayo, Huancayo, Arequipa e Ica las ciudades con mayor n\u00famero de miembros.<\/p>\n<p><strong>Sueldos de hambre<\/strong><\/p>\n<p>Seg\u00fan el SUTRAGRISA, los salarios en RIPLEY no se mueven desde el 2020. Ese a\u00f1o aumentaron por \u00faltima vez en 83 soles. Entre el 2021 y 2023 no se dio ning\u00fan aumento. El sueldo fijo de un vendedor en tienda es de 990 soles. Y de los cajeros, entre 990 y 1,490 soles (el cambio del d\u00f3lar es de S\/. 3.80 por d\u00f3lar actualmente). A estos montos se agregan las comisiones, pero el monto de estas es incierto y no responde a ning\u00fan factor que dependa del trabajador. Este no puede negociar el precio con el comprador, tampoco salir a ofrecerlo fuera de la tienda.<\/p>\n<p>El \u00faltimo convenio colectivo hist\u00f3rico lo suscribieron el 2011, durante el gobierno del ex presidente Ollanta Humala. \u201cNuestro sueldo b\u00e1sico era un esc\u00e1ndalo. En esos tiempos ascend\u00eda a unos 100 soles, cuando el sueldo m\u00ednimo era de 500 soles\u201d. En aquella negociaci\u00f3n se cerr\u00f3 un acuerdo que homologaba el salario b\u00e1sico de la empresa con el salario m\u00ednimo legal, lo cual fue un avance notable considerando el punto de partida. Visosa sostiene que el aumento de sueldo resulta siempre dif\u00edcil de lograr. Este a\u00f1o la empresa ofrece solo 60 soles de aumento: 2 soles diarios de aumento.<\/p>\n<p><strong>El despido como mecanismo de presi\u00f3n<\/strong><\/p>\n<p>Fernando Sevilla es tambi\u00e9n dirigente y fue despedido por su empleador SAGA FALABELLA acus\u00e1ndolo de cometer una falta grave. \u201cPor unos c\u00f3digos que se usaron en la caja registradora cuando su labor en la tienda no le estaba permitido\u201d, explica Sevilla. El trabajador aduce que la gerencia de Megaplaza, donde trabajaba, lo autoriz\u00f3 a hacerlo; sin embargo la decisi\u00f3n de despedirlo provino de la sede de San Isidro, sin lugar a reclamo. El argumento se repet\u00eda hasta el cansancio: \u201ces una falta grave\u201d, alegada cada vez que se est\u00e1 ante casos que involucran a afiliados del sindicato.<\/p>\n<p>Sevilla considera que este fue un pretexto direccionado. Antes del despido, hab\u00eda denunciado varios abusos de la empresa. La audiencia de su caso se realiz\u00f3 el primero de agosto y est\u00e1 a la espera de su resoluci\u00f3n. Tiene cinco hijos, tres de ellos en etapa escolar. Fue despedido cuando era secretario general del Sindicato Unitario de Trabajadores de SAGA FALABELLA (SUTRASAF). Trabajaba en el local del centro comercial Plaza Norte, en el distrito de Independencia. La afectaci\u00f3n fue muy dura, pues es el \u00fanico sost\u00e9n que tiene su familia.<\/p>\n<p>Sevilla denuncia que la empresa SAGA FALABELLA intent\u00f3 falsificar su firma en una carta de renuncia. En un video colgado en redes registra el momento cuando quiere fotografiar el documento que consignaba su supuesta firma, pero un grupo de empleados r\u00e1pidamente se lo impide. La Gerencia lo hab\u00eda convocado para firmar una carta de pre-despido.<\/p>\n<p>Nathaly Choquehuanca fue despedida el a\u00f1o 2016 de la tienda RIPLEY Trujillo, tambi\u00e9n acusada de faltas graves. La empresa le curs\u00f3 una carta de despido a pesar de tener conocimiento del problema de salud de su hija. Ella pidi\u00f3 licencia por tres meses para dirigir el tratamiento de quimioterapia requerido para salvar a su hija. Sus compa\u00f1eros de labores reunieron decenas de firmas dirigidas a la Gerencia, solicitando el permiso de tres meses para su colega. Lo consigui\u00f3, pero sin goce de haber. Desde entonces pasaron siete a\u00f1os. A pesar de su esfuerzo, su hija Nathaly finalmente falleci\u00f3\u00a0y en\u00a0el proceso judicial iniciado contra RIPLEY por el despido laboral la judicatura fall\u00f3 a favor de la empresa.<\/p>\n<p><strong>Salud y seguridad ocupacional: con el enemigo adentro<\/strong><\/p>\n<p>Un video colgado en las redes muestra un roedor de regular tama\u00f1o pasearse por los productos congelados de los Supermercados Metro, en el distrito populoso de Chorrillos. Han pasado algunos meses de su exposici\u00f3n p\u00fablica, se ha disipado la sanci\u00f3n social, \u201ctodo retorna a la normalidad\u201d. Por eso el personal\u00a0de la empresa asegura que los encargados de la seguridad y salud en el trabajo no aprendieron la lecci\u00f3n, y no hacen revisiones peri\u00f3dicas para prevenir situaciones similares. \u201cSi se revisa la trastienda, hallar\u00e1n varias sorpresas, no solo de esta tienda, en todas\u201d, comenta un trabajador de una de las empresas CENCOSUD.<\/p>\n<p>Para los trabajadores de Metro, la corrupci\u00f3n es el principal motivo por el que no se inspeccionan\u00a0adecuadamente las trastiendas y almacenes. Los inspectores del SENASA y de las municipalidades se ponen de acuerdo, en diferentes tiendas, para \u201cacondicionarlas\u201d antes de la visita del inspector de salubridad, evitando as\u00ed una multa o penalizaci\u00f3n.<\/p>\n<p>No solo eso. Las c\u00e1maras de vigilancia son utilizadas para sancionar a los sindicalistas. Si no lo eres y cometes una falta, lo pasan por agua tibia. Pero si est\u00e1s afiliado o eres dirigente, otro es el cantar. \u201cAc\u00e1 el tema de la persecuci\u00f3n judicial es una constante\u201d, refiere un miembro del SUTRAGRUCEP. La percepci\u00f3n de los empleados es que la empresa se enriquece a costa de un trabajo que no es bien remunerado y que presiona con el despido si eres sindicalista.<\/p>\n<p>De acuerdo al SUTRAGRUCEP, desde el 2017 hasta el 2019 se dieron 600 desafiliaciones, sin documento que lo registre. Actualmente la organizaci\u00f3n est\u00e1 constituida por 285 afiliados, que representan el 2.85% del total de trabajadores en la empresa (10,000). La empresa ataca sistem\u00e1ticamente al trabajador buscando su salida del sindicato o, en su defecto, para ser despedido.<\/p>\n<figure class=\"wp-block-table\">\n<table>\n<tbody>\n<tr>\n<td>\u00a0<strong>Empresas chilenas en la prensa peruana <\/strong>\u00a0Un informe de Per\u00fa EQUIDAD (2020) sobre el tratamiento period\u00edstico en medios locales de las empresas chilenas en Per\u00fa, encuentra que estas ocupan los primeros cuatro lugares de la demanda de los anunciantes, en los principales diarios, hasta el punto de colocar portadas en medios concentrados. No se avizora ninguna posibilidad de un desarrollo editorial en los principales medios del pa\u00eds sobre t\u00f3picos relacionados a reclamos sindicales.<\/td>\n<\/tr>\n<\/tbody>\n<\/table>\n<\/figure>\n<p><strong>Negociaci\u00f3n colectiva desigual<\/strong><\/p>\n<p>Ha circulado tambi\u00e9n redes sociales un material que evidenciar\u00eda un trato diferenciado entre los trabajadores de Chile con respecto al Per\u00fa. El convenio colectivo suscrito por el sindicato de RIPLEY en Chile incorpora cl\u00e1usulas que no son consideradas en las negociaciones con los sindicatos peruanos. En Chile las remuneraciones son indexadas cada seis meses, de acuerdo al \u00cdndice de Precios al Consumidor. Ac\u00e1 en Per\u00fa la gerencia ofrece 60 soles de aumento transcurridos tres a\u00f1os del \u00faltimo ajuste. Los trabajadores est\u00e1n en desacuerdo, pues no podr\u00e1n recuperar el poder adquisitivo de sus remuneraciones, devaluadas por la inflaci\u00f3n y el aumento del costo de vida.<\/p>\n<p>Esta situaci\u00f3n \u2013que afecta el derecho humano a un trabajo y una vida digna\u2013 colisiona con los objetivos adoptados en el PNADHE de Chile, que asigna al Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile, a la academia Diplom\u00e1tica,\u00a0y\u00a0a sus Embajadas en terceros pa\u00edses, como Per\u00fa, la obligaci\u00f3n de velar, con herramientas y m\u00f3dulos adecuados, por el respeto de los derechos humanos. Como pa\u00eds miembro de la OCDE, adem\u00e1s, Chile est\u00e1 igualmente obligado a \u201capoyar los procesos de instalaci\u00f3n de capacidades de derechos humanos en las empresas, as\u00ed como impulsar la implementaci\u00f3n de la debida diligencia en derechos humanos por \u00e9stas, con el fin de que puedan identificar, prevenir, mitigar y, en su caso, reparar los impactos adversos reales y potenciales en el marco de sus operaciones\u201d.<\/p>\n<p>La aspiraci\u00f3n de los trabajadores peruanos no es otra que el respeto de sus derechos que los tratados internacionales consagran. Tal como son enunciados en los programas de Chile que prometen un crecimiento sostenido y sostenible, pero hasta el momento solo \u201cpara adentro\u201d, dejando de lado otras tierras que los acogieron y fueron \u00fatiles para incrementar su rentabilidad, pero no el bienestar de la poblaci\u00f3n que constituye su mano de obra.<\/p>\n<p><strong>Desaf\u00edos pendientes para garantizar la Debida Diligencia y los Derechos Humanos<\/strong><\/p>\n<p>El\u00a0notable crecimiento de la inversi\u00f3n privada chilena en el Per\u00fa, favorecido por\u00a0pol\u00edticas que brindaron facilidades a la inversi\u00f3n extranjera y permitieron su r\u00e1pida consolidaci\u00f3n, contrasta con la situaci\u00f3n que atraviesan los trabajadores de varios de sus m\u00e1s importantes grupos econ\u00f3micos y marcas corporativas.<\/p>\n<p>A partir de las investigaciones hechas por EQUIDAD, las empresas\u00a0RIPLEY, SAGA FALABELLA y CENCOSUD\u00a0implementan pol\u00edticas laborales que ponen en riesgo (y en algunos casos vulneran directamente)\u00a0derechos laborales vinculados a la libertad sindical, la seguridad y salud ocupacional, adem\u00e1s de\u00a0tratos discriminatorios y condiciones salariales desfavorables para los trabajadores que deciden afiliarse a un sindicato.<\/p>\n<p>Esta situaci\u00f3n generalizada es plausible de explicar por varios factores. Uno primero son las grandes dificultades que tienen estas empresas para traducir sus compromisos de buen gobierno corporativo y sostenibilidad social y ambiental, con pr\u00e1cticas que no afecten negativamente los\u00a0derechos fundamentales de los grupos con los que se relacionan, comenzando por sus trabajadores. No obstante la prol\u00edfica publicidad con que promocionan\u00a0sus compromisos en materia de responsabilidad social empresarial, sus pr\u00e1cticas cotidianas en pa\u00edses como Per\u00fa distan mucho de los est\u00e1ndares de trabajo decente o digno que se esperan de ellas.<\/p>\n<p>En el orden de responsabilidad, es importante destacar el rol pasivo que viene cumpliendo el Estado chileno respecto de\u00a0sus obligaciones extraterritoriales de garantizar que las inversiones chilenas que operan en terceros pa\u00edses, se lleven a cabo conforme a los est\u00e1ndares de derechos humanos y ambientales consagrados en los tratados y convenios internacionales suscritos por este pa\u00eds. Estos compromisos fueron ratificados con la aprobaci\u00f3n del Plan Nacional de Acci\u00f3n sobre Empresas y Derechos Humanos en 2017, a las que se agregan las derivadas de su condici\u00f3n de pa\u00eds miembro de la OCDE, como son las L\u00edneas Directrices para Empresas Multinacionales que est\u00e1n obligadas a promover.<\/p>\n<p>Cabe destacar que las autoridades chilenas tomaron conocimiento de la situaci\u00f3n reportada por los trabajadores y sindicatos en este reportaje. El 3 de mayo del 2019 EQUIDAD present\u00f3 el informe sobre el impacto en los derechos humanos de cuatro empresas chilenas importantes (CENCOSUD, Ripley, Saga Falabella y Protisa) a los funcionarios responsables del Punto de Contacto OCDE y del PNAEDH en Santiago de Chile.<\/p>\n<p>De igual manera, el Embajador en Lima Roberto Ibarra Garc\u00eda recibi\u00f3 a los sindicatos de empresas chilenas que lograron exponer su situaci\u00f3n, compartiendo un memorial basado en el informe elaborado por Per\u00fa EQUIDAD, en el que demanda \u201cse promueva la conformaci\u00f3n de una mesa de di\u00e1logo multiactor, donde participen las gerencias generales de las empresas chilenas comprendidas en el Informe, la representaci\u00f3n sindical de las organizaciones firmantes y funcionarios del Ministerio de Trabajo y Promoci\u00f3n del Empleo (MTPE) del Per\u00fa, con participaci\u00f3n de la representaci\u00f3n diplom\u00e1tica chilena en nuestro pa\u00eds, con el objeto de analizar los problemas reportados en el informe en cuesti\u00f3n y avanzar hacia acuerdos consensuados que permitan mejorar el clima laboral interno y garantizar el efectivo cumplimiento de los derechos laborales fundamentales en estas empresas\u201d.<\/p>\n<p>Asimismo, consideran necesario \u201cdefinir un mecanismo de comunicaci\u00f3n directa y peri\u00f3dica entre las organizaciones sindicales firmantes y la Embajada de Chile en Per\u00fa, que permita informar sobre los avances o retrocesos en el ejercicio de los derechos laborales fundamentales en las empresas comprendidas en el informe presentado con apoyo de Equidad\u201d.<\/p>\n<p>La situaci\u00f3n reportada por los trabajadores entrevistados demuestra\u00a0los l\u00edmites de\u00a0los mecanismos de\u00a0autorregulaci\u00f3n para evitar o impedir vulneraciones sistem\u00e1ticas a los\u00a0derechos humanos o garantizar una adecuada remediaci\u00f3n o mitigaci\u00f3n de los da\u00f1os producidos.<\/p>\n<p>La impunidad con que se vulneran derechos exige una acci\u00f3n m\u00e1s asertiva de los Estados, que demandan adoptar normas vinculantes en materia de debida diligencia empresarial y conducta empresarial responsable con un enfoque de derechos. Es lo que\u00a0viene ocurriendo en pa\u00edses de la Uni\u00f3n Europea\u00a0(como Alemania, Francia, Noruega y los Pa\u00edses Bajos), y como se espera se comience \u00a0a discutir en Latinoam\u00e9rica para asegurar que la actividad empresarial contribuya al desarrollo social y ambiental de los pa\u00edses, y no a degradar el medio ambiente o vulnerar derechos fundamentales de las y los\u00a0ciudadanos.<\/p>\n<p>Tal aspiraci\u00f3n no deber\u00eda significar una dificultad, pues, tal como se se\u00f1ala en el PNADHE de Chile, en concordancia con el Principio 29 de los Principios Rectores de las Naciones Unidas sobre\u00a0Empresas y Derechos Humanos (2011), \u201clas empresas deben establecer o participar en mecanismos de reclamaci\u00f3n eficaces de nivel operacional a disposici\u00f3n de las personas y las comunidades que sufran las consecuencias negativas, para que sea posible atender r\u00e1pidamente y reparar directamente los da\u00f1os causados\u201d. Una responsabilidad que debe ser atendida, m\u00e1s all\u00e1 de cualquier idiosincrasia y sistema local, la misma que transcurre en la l\u00ednea de los derechos universales que propugna\u00a0la OCDE.<\/p>\n<figure class=\"wp-block-table\">\n<table>\n<tbody>\n<tr>\n<td>\u00a0Este reportaje period\u00edstico fue elaborado por el <strong>Centro de Pol\u00edticas P\u00fablicas y Derechos Humanos (Per\u00fa EQUIDAD)<\/strong>\u00a0con el auspicio de la plataforma belga de cooperaci\u00f3n <strong>11.11.11<\/strong>.<\/td>\n<\/tr>\n<\/tbody>\n<\/table>\n<\/figure>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El Centro de Pol\u00edticas P\u00fablicas y Derechos Humanos (Per\u00fa EQUIDAD), ha denunciado, a trav\u00e9s de un extendido reportaje, las malas [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":42071,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"site-sidebar-layout":"default","site-content-layout":"","ast-site-content-layout":"default","site-content-style":"default","site-sidebar-style":"default","ast-global-header-display":"","ast-banner-title-visibility":"","ast-main-header-display":"","ast-hfb-above-header-display":"","ast-hfb-below-header-display":"","ast-hfb-mobile-header-display":"","site-post-title":"","ast-breadcrumbs-content":"","ast-featured-img":"","footer-sml-layout":"","ast-disable-related-posts":"","theme-transparent-header-meta":"default","adv-header-id-meta":"","stick-header-meta":"","header-above-stick-meta":"","header-main-stick-meta":"","header-below-stick-meta":"","astra-migrate-meta-layouts":"set","ast-page-background-enabled":"default","ast-page-background-meta":{"desktop":{"background-color":"var(--ast-global-color-4)","background-image":"","background-repeat":"repeat","background-position":"center center","background-size":"auto","background-attachment":"scroll","background-type":"","background-media":"","overlay-type":"","overlay-color":"","overlay-opacity":"","overlay-gradient":""},"tablet":{"background-color":"","background-image":"","background-repeat":"repeat","background-position":"center center","background-size":"auto","background-attachment":"scroll","background-type":"","background-media":"","overlay-type":"","overlay-color":"","overlay-opacity":"","overlay-gradient":""},"mobile":{"background-color":"","background-image":"","background-repeat":"repeat","background-position":"center center","background-size":"auto","background-attachment":"scroll","background-type":"","background-media":"","overlay-type":"","overlay-color":"","overlay-opacity":"","overlay-gradient":""}},"ast-content-background-meta":{"desktop":{"background-color":"var(--ast-global-color-5)","background-image":"","background-repeat":"repeat","background-position":"center center","background-size":"auto","background-attachment":"scroll","background-type":"","background-media":"","overlay-type":"","overlay-color":"","overlay-opacity":"","overlay-gradient":""},"tablet":{"background-color":"var(--ast-global-color-5)","background-image":"","background-repeat":"repeat","background-position":"center center","background-size":"auto","background-attachment":"scroll","background-type":"","background-media":"","overlay-type":"","overlay-color":"","overlay-opacity":"","overlay-gradient":""},"mobile":{"background-color":"var(--ast-global-color-5)","background-image":"","background-repeat":"repeat","background-position":"center center","background-size":"auto","background-attachment":"scroll","background-type":"","background-media":"","overlay-type":"","overlay-color":"","overlay-opacity":"","overlay-gradient":""}},"footnotes":""},"categories":[23],"tags":[217,262],"class_list":["post-40557","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-actividades","tag-derechos-humanos","tag-peru"],"yoast_head":"<!-- This site is optimized with the Yoast SEO plugin v27.3 - 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