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¿Qué puntos se pueden incluir en un contrato o convenio colectivo?


Al momento de negociar con el empleador, un sindicato puede preguntarse qué temas pueden ser incorporados en un instrumento colectivo. Cláusulas en lo respectivo a planes habitacionales y para la formación y capacitación de los trabajadores son parte de la amplia gama de beneficios que negocian todos los años los trabajadores de nuestro país.

El Código del Trabajo dice que son materias de negociación colectiva todas aquellas que se refieran a remuneraciones, u otros beneficios en especie o en dinero, y en general a las condiciones comunes de trabajo. Pero no se pueden negociar aquellas materias que restrinjan o limiten la facultad del empleador de organizar, dirigir y administrar la empresa y aquellas ajenas a la misma (Art. 306).

En este sentido, además de negociar un reajuste de sueldo, qué suele ser lo más común en un convenio o contrato colectivo, los trabajadores pueden incorporar un sinfín de beneficios que pueden ser pactados con el empleador.

Según cifras de la Dirección del Trabajo, el beneficio pactado en la mayoría de los contratos refiere a los Aguinaldos, los que estuvieron presentes en un 83,2% de los 2800 instrumentos colectivos que se pactaron durante el año 2012. Mientras que el beneficio pactado en menor proporción de instrumentos fueron las cláusulas de vigilancia de cumplimiento del contrato/convenio con un 0,9%.

Otros ítems que formaron parte de las negociaciones colectivas del año 2012 fueron cláusulas de higiene y seguridad (36,8%), donde los trabajadores acuerdan el detalle de la aplicación de la ley de seguridad en el trabajo (16.744), especificando por ejemplo la fecha en que se les hará entrega la indumentaria necesaria para trabajar (zapatos de seguridad, ropa especial para el trabajo, etc.) y la calidad de ésta (valor, si será nueva o usada, etc.).

La asignación de escolaridad estuvo presente en más de la mitad de los instrumentos colectivos del 2012 (58,5%), donde se acuerda con el empleador un aporte para el estudio de los hijos de los trabajadores, ya sea a través de un préstamo o un aporte directo.

También estuvieron presentes en las negociaciones las cláusulas por capacitación y formación (25,5%), donde los trabajadores pueden asegurar que el dinero destinado para la capacitación a través del SENCE efectivamente sea invertido en ellos.

Algunos beneficios que se presentaron en pocos contratos/convenios colectivos fueron los acuerdos sobre sala cuna y cuidado de hijos menores (13,9%), que hacen referencia al artículo 203 del código del trabajo, especificando su aplicación; y las cláusulas de planes habitacionales (4,3%), donde se pone a la empresa como aval para un crédito hipotecario o se acuerda un préstamo o aporte para el pie de una vivienda.

A continuación presentamos una tabla que contiene los principales beneficios pactados en los convenios/contratos colectivos del último año que se tiene medición (2012).



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