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¿Qué derechos tienen los trabajadores ante corte de agua?


corte de aguaNOTICIA: A raíz de las consecuencias del corte de agua potable que ocurre en la Región Metropolitana, las autoridades de Gobierno señalaron que suspensión de faena se coordina en el lugar de trabajo. 

[Santiago, 27 de febrero de 2017] Según la normativa vigente, el empleador debe garantizar las condiciones adecuadas en materia de seguridad y salud en el trabajo, lo que significa que el establecimiento debe contar con agua potable para el consumo de sus trabajadores y debe disponer de servicios higiénicos con agua para que puedan funcionar.

En caso de no poder asegurar estas condiciones de funcionamiento básicas, sea por las vías regulares de suministro o a través de métodos de emergencia, los trabajadores no pueden seguir desarrollando sus funciones y el empleador debe tomar las medidas necesarias para suspender las faenas.

La Dirección del Trabajo está fiscalizando el cumplimiento de la normativa vigente y recibiendo sus denuncias a través del correo: denuncias@dt.gob.cl.

Llamamos a trabajadores y trabajadoras a concurrir a sus lugares de trabajo, donde sus empleadores evaluarán la existencia de condiciones adecuadas para el funcionamiento de sus empresas.

Por último, hacemos un llamado a los empleadores a actuar con la mayor responsabilidad para asegurar condiciones sanitarias adecuadas, entendiendo que se trata de caso de fuerza mayor. Por lo mismo, el llamado a evaluar sus condiciones de trabajo, revisar horarios de entrada o salida de trabajadores, y suspender las faenas en caso de no existir las condiciones sanitarias adecuadas.

La ministra del Trabajo, a primera hora de este lunes reforzó este mensaje a través de Twitter, donde señaló que las personas “deben ir al trabajo, a pesar de corte de agua se determina c/empleador si hay suspensión de faena” (sic).