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Pymes e independientes recibirán devolución de impuesto el 21 de abril


derecho-a-la-informaciónNOTICIA: El Servicio Impuesto Internos dio a conocer las medidas extraordinarias que tendrá la Operación Renta 2020 en el marco del COVID-19

[Santiago, 31 de marzo de 2020] Jorge Adaros, tiene la Pyme Adagraf EIRL, y será uno de los beneficiados con la devolución de impuesto anticipada. “Si realizan su declaración hasta el 10 de abril, recibirán la devolución de impuestos si corresponde, el 21 del mismo mes”, explicó en un comunicado el Director de Servicio Impuesto Interno, Fernando Barraza, en el contexto de las disposiciones que tendrá la Operación Renta 2020 por la emergencia sanitaria del coronavirus.

Por su parte Jorge Adaros valoró la medida, “Todo sirve para palear, de alguna forma, la baja en las ventas que ya vienen del 18 de octubre con el estallido social. También la congelación del IVA y el pago del PPM son medidas que ayudan”, expresó este emprendedor que se dedica al rubro de las asesorías e impresión.

Este miércoles 1 de abril comienza la Operación Renta 2020  y a la medida de adelantar la devolución de impuesto se suma el reforzamiento de portal web www.sii.cl y atención digital para contribuyentes a causa de los requerimientos sanitarios por COVID-19.

Las primeras devoluciones de impuestos serán para trabajadores independientes y pymes. Mientras, el resto de los contribuyentes que declaren antes del 23 de abril la recibirán el 13 de mayo.

Desde ayer 30 de marzo los contribuyentes ya pueden revisar sus declaraciones, consignó SII en un comunicado, “para que aquellos que tienen esta devolución anticipada puedan entonces declarar oportunamente para optar a dicho beneficio”

Jorge de Adagraf ya está revisando su declaración junto a su contador y además considera que hay que ampliar las medidas de apoyo para que sobreviva las Pymes a esta pandemia: “Necesitamos créditos blandos, con intereses muy bajos, del Banco Estado, per también de otras instituciones para ayudar a refinanciarnos” finalizó Adaros.

Las fechas de los plazos generales son:

  • Declaración entre 1 y 23 de abril: Depósito en cuenta 13 de mayo, emisión de cheque 29 de mayo.
  • Declaración entre 24 y 29 de abril: Depósito 18 de mayo, cheque 29 de mayo.
  • Declaración entre 30 de abril y 8 de mayo: Depósito 25 de mayo, cheque 29 de mayo.

En el caso de las fechas para la devolución anticipada, estas son:

  • Declaración entre 1 y 10 de abril: Depósito en cuenta 21 de abril, emisión de cheque 24 de abril.
  • Declaración entre 11 y 19 de abril: Depósito 29 de abril, cheque 4 de mayo.
  • Declaración entre 20 y 23 de abril: Depósito 13 de mayo, cheque 29 de mayo.
  • Declaración entre 24 y 29 de abril: Depósito 18 de mayo, cheque 29 de mayo.
  • Declaración entre 30 de abril y 8 de mayo: Depósito 25 de mayo, cheque 29 de mayo.