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OPINIÓN – Mujer, trabajo y pandemia: un retroceso de 20 años


PARA SINDICAL.CL (37)María José Escobar Opazo, abogada máster en derecho social y en derecho constitucional de la Universidad París 1 Panthéon Sorbonne. Integrante de la Comisión Derecho del Trabajo, Abofem Chile.

“El Banco Central calcula que el valor del trabajo no remunerado en el hogar llega a 26% del PIB”. Junio comenzó con cifras que nos sorprendieron a todas y todos. El trabajo doméstico aumentó a causa de la pandemia, las horas de trabajo en labores del hogar mantenían su desigualdad en cuanto a la distribución hombre-mujer, pero además dichas horas comienzan a tomar un cariz económico que no habíamos considerado. Ya no es invisible la doble y a veces triple presencia de las mujeres. Asimismo, a raíz de la misma pandemia, del contexto político y del retraso en más de dos décadas en cuanto a la igualdad de género en materia laboral, se comenzaba a hablar del tema de “cuidados”, visibilizando este rol como propio de la mujer y del cual el Estado debe hacerse cargo 

En Chile, históricamente los hombres han tenido mayor participación en la fuerza laboral, pero en la pandemia la brecha se hizo mayor: entre las personas con trabajo dependiente, más mujeres (51,4%) que hombres (48,6%) perdieron su trabajo o éste fue suspendido temporalmente. 

Hace ya más de 30 años, el director general de la OIT, Françoise Blanchard, expresaba: “Cuando los tiempos son difíciles hay que tener más presente todavía la justicia social y el respeto de las aspiraciones y necesidades humanas al tomar las decisiones y determinar el orden de prioridad”. Unos pocos años antes del cambio de década nos hemos visto envueltos en los tiempos más difíciles en cuanto a crisis sociales, económicas y políticas, por lo que conviene referirse nuevamente a los derechos fundamentales, los cuales ya habían sido reconocidos el siglo pasado a propósito de otros ‘tiempos difíciles’. La “Declaración de Filadelfia”, en su capítulo II, afirma: “Todos los seres humanos sin distinción de raza, credo o sexo tienen derecho a perseguir su bienestar material y su desarrollo espiritual en condiciones de libertad y dignidad, de seguridad económica y en igualdad de oportunidades”. Es así como vemos que el derecho al trabajo y la seguridad social es precisamente la protección de los derechos fundamentales de los ciudadanos en general, pero especialmente de las mujeres en su labor de cuidados. 

Ante esta realidad, resulta imperativo que el Estado asuma un rol de garante del ejercicio del derecho al trabajo de las mujeres que asumen el rol de jefas de hogar y las labores de cuidado que ello conlleva, reconociendo primeramente la labor de cuidado como un trabajo propiamente tal y luego garantizando una contraprestación pecuniaria, así como protección del sistema de seguridad social, de modo que deje de considerárselas como labores auxiliares a los trabajos “formales”. 

Es así como debemos esperar que las cuentas que ha sacado el banco central no se queden en la sorpresa de los ciudadanos, sino más bien que se generen garantías constitucionales que muevan el aparato estatal independiente del gobierno de turno, con un marcado enfoque de género a fin de lograr una sociedad más justa y equitativa mucho más allá de los avances que hemos visto retroceder estos años, creando así un sistema de derechos laborales basado en el feminismo y decirle adiós definitivo al obsoleto sistema patriarcal.