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DT sanciona 19 empresas por prácticas antisindicales


direcciondeltrabajo okNOTICIA: Durante esta jornada se conoció la lista de sentencias dictadas por tribunales durante el primer semestre de este año por malas prácticas laborales, donde aparecen conocidas empresas vinculadas al retail y la minería, las que enfrentan sanciones como la exclusión del Sistema de Compras Públicas del Estado por dos años.

[Santiago, 27 de julio de 2016] Entre las empresas sancionadas este año figuran en el comercio Administradora de Supermercados Híper Ltda./Líder, París Administradora Norte Ltda., Multitiendas Corona S.A y Bigger S.A. También figuran otras empresas conocidas como Farmacias Cruz Verde S.A., Automotriz Salfa Sur Ltda., Carozzi S.A., Portuaria Nacional Ltda. y Transportes Cruz del Sur Ltda. , y en el área de la minería están Minera Escondida Ltda. y S.Q.M. Salar S.A.
En esta fiscalización, 16 de los 19 casos zanjados en tribunales fueron propiciados por la Dirección del Trabajo, luego de que sus investigaciones administrativas corroboraran la verosimilitud de las denuncias presentadas por organizaciones sindicales.
“Esta vez hubo el mismo número de condenas que en el segundo semestre del año pasado, que es inferior a otras oportunidades, pero cualquier atropello a la libertad sindical es grave porque quiere decir que el empleador no entiende el valor superior que significa el derecho de los trabajadores a darse la organización que estimen más pertinente para defender con más eficiencia sus derechos”, aseguró el director del Trabajo, Christian Melis.
En lo que va del año, los tribunales aplicaron multas por 44.443.728 millones de pesos, además de ordenar el cese inmediato de las infracciones cometidas, consideradas graves por el ordenamiento legal debido a que violentan el ejercicio de la libertad sindical, además de disponer medidas de reparación adecuadas a la ilegalidad incurrida.
A esto se suma otra sanción a las empresas condenadas, que consiste en quedar inhabilitadas por dos años de ser proveedoras del Estado, según lo dispone el artículo 4º de la Ley 19.886. Es decir, quedan excluidas del Sistema de Compras Públicas del Estado desde su sentencia.
Cabe destacar que los últimos cinco años más del 75% de las condenas ratificaron la validez de sus indagaciones previas, donde las infracciones más comunes han sido la discriminación por sindicación, reemplazo ilegal de trabajadores en huelga, separación ilegal de dirigente sindical, prácticas desleales, vulneración del derecho a la libertad y autonomía sindical.