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Comunicado Federación Nacional Sindicatos Oficiales Naves Mercantes y Especiales de Chile


D E C L A R A C I O N

Hoy hemos tomado conocimiento de Recursos de Protección que se están presentando por los efectos de la ley 21376 que establece mayores derechos para los trabajadores y establece un sistema de registro electrónico para controlar jornadas de trabajo, descansos quejas y diversos eventos que afecten al personal embarcado.

Uno de ellos corresponde a la empresa armadora Naviera Frasal S.A, que opera aproximadamente 20 naves en el sector de la acuicultura y que no cumple en lo más mínimo con la legislación laboral y por este medio considera proteger sus derechos en cuanto al cumplimiento de la Resolución 686 dictada por la Dirección del Trabajo en cumplimiento a lo establecido en la ley 21376 promulgada a fines de Septiembre de 2021 y les dio hasta el 1 de Julio de 2022 para establecer un sistema de Registro electrónico de control de asistencia, y quejas y otros que afecten al personal embarcado.

Los que hemos tenido la fortuna de leer el recurso entendemos que lo único que busca esta naviera es continuar engeñando, infringiendo, abusando de sus trabajadores, con la complicidad de otras como la Autoridad Marítima y Dirección del Trabajo de Puerto Montt, quienes asisten a las fiscalizaciones solicitadas, pero no solucionan NADA. La Inspección del Trabajo, multa a beneficio fiscal y se va sin solucionar lo constatado o definitivamente no encuentra los barcos, a pesar de existir un Convenio de Coordinación y Colaboración entre la DT y DGTM.

La Autoridad Marítima es responsable de la seguridad de la vida en el mar, sin embargo nos preguntamos, ¿es seguridad permitir que en las naves que están con la dotación mínima establecida en la resolución (que es de 1 oficial de cubierta y máquinas respectivamente más 1 tripulante), sean vulnerados en su jornada de trabajo, sin tener relevos oportunos?, ¿acaso un trabajador sobre explotado laboralmente, por no tener relevo estando en puerto no es INSEGURO? Parece ser más importante proteger otros intereses.

El otro recurso de Protección corresponde a los VALIENTES trabajadores de esta misma empresa agrupados en “Sindicato Trabajadores Grupo Empresa Naviera Frasal”, a quienes felicitamos desde ya.

No es fácil pertenecer a un sindicato especialmente en este sector, donde el empresariado se ha caracterizado por actitudes antisindicales, incentivando retiro, despidos creando para el trabajador un ambiente hostil y abusivo que genera el éxodo del personal a lugares más amables. Nadie se queda en un lugar donde es maltratado, excepto por necesidad de subsistencia propia y de su grupo familiar.

Todo es conocimiento, especialmente de DIRECTEMAR, quienes crean mesas de trabajo, para modificar reglamentos y así poder cubrir un supuesto DEFICIT DE PERSONAL, no queriendo entender que no van a traer más gente, porque la oferta laboral y el trato al Trabajador Embarcado es Malo. Primero se cumple y posteriormente se modifica lo necesario.

Haremos un llamado a la OIT (Organización Internacional del Trabajo) a fin de que fiscalice al Estado rector del cumplimiento adquirido por Chile en la instancia tripartita, que se efectuó para ratificar el Convenio MLC 2006 y otorgar al personal embarcado un “ TRABAJO DECENTE”.

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